Economía/Legal.- El Supremo rebaja de 13,5 a 4 millones una multa a Telefónica por retrasar la interconexión

Actualizado: lunes, 2 junio 2008 20:16

MADRID, 2 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo ha rebajado de 13,5 a 4 millones de euros una multa impuesta por la Comisión Nacional del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) en 2002 a Telefónica por falta "muy grave" por no tener implantado el nuevo modelo de interconexión por capacidad combinada (voz y datos) y negarse a proporcionar esta tecnología a los operadores de la competencia.

La sentencia, dictada por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, estima parcialmente el recurso de casación interpuesto por Telefónica contra la sentencia de 17 de junio de 2005 de la Audiencia Nacional, que ratificó la multa impuesta por la CMT.

El Alto Tribunal acepta la rebaja de la multa por el "principio de proporcionalidad", que establece que el importe de la sanción debe calcularse como una quinta parte respecto del límite máximo que corresponde al 1% de los ingresos brutos anuales obtenidos por la empresa, y que en dicho ejercicio alcanzaron los 66,7 millones de euros.

La sanción rebajada fue la segunda más elevada impuesta a Telefónica y estuvo motivada por la denuncia presentada por Lince Telecomunicaciones, posteriormente Uni2, que reclamaba la interconexión desde febrero de 2002.

Telefónica recurrió la multa ante la CMT alegando que se le había impuesto antes de que la Audiencia Nacional resolviera la medida cautelar solicitada por la operadora para la paralización de la interconexión. La CMT desestimó el recurso y Telefónica recurrió ante la Audiencia Nacional, que también lo rechazó.

La resolución de la CMT concluyó que Telefónica había incurrido en una conducta infractora "muy grave" por incumplir la obligación con Lince, privando a los usuarios de la posibilidad de nuevas ofertas.

En una resolución de 9 de agosto de 2001, el consejo de la CMT aprobó la Oferta de Interconexión de Referencia (OIR) para el operador dominante en el mercado de telefonía fija, en virtud de la cual se establecía un periodo de tiempo de sesenta días para que Telefónica introdujese el nuevo modelo de interconexión operativa por capacidad.