La CNMC dice que los honorarios de los auditores deben ser fijados libremente y rechaza cualquier regla

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Publicado: miércoles, 10 abril 2019 10:32

MADRID, 10 Abr. (EUROPA PRESS) -

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha elaborado un informe en relación con los honorarios de los auditores, en el que, entre sus conclusiones, destaca que los honorarios de estos deben ser fijados libremente entre ellos y el receptor de los trabajos.

El documento, elaborado a petición del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), aboga por la libertad en la fijación de los honorarios de los auditores, dentro del marco legal que prevé determinados límites a esta actividad "por su indudable trascendencia sobre terceros".

"Cualquier orientación o regla sobre honorarios profesionales está expresamente prohibida. La CNMC matiza la interpretación del ICAC sobre el régimen de determinación de honorarios propuesto por sus potenciales efectos restrictivos sobre la competencia", afirma el texto.

Además, el organismo que preside José María Marín Quemada recuerda, "a título introductorio", que la libertad de precios es un elemento "esencial" de la economía de mercado que resulta "fundamental" para obtener los beneficios de la competencia, como son la asignación eficiente de recursos, el incentivo a la innovación y la mejora de servicios a los consumidores y usuarios.

Desde la CNMC destacan que el ICAC, en lo referente a la determinación de los honorarios, otorga en su propuesta una "excesiva relevancia" al número de horas estimadas para la realización de cada trabajo, "desincentivando políticas de mejora de la eficiencia, la calidad y la productividad de la labor de auditoría".

Además, recalca que no se debe impedir la posibilidad de que las entidades o auditores ofrezcan servicios adicionales a los de auditoría, que son legales y afirma que la prestación por debajo de costes, no está en principio prohibida.

Por ello, la CNMC recomienda limitar el nivel de detalle de la información facilitada por el ICAC en relación con las horas y horarios que comunican los operadores, ya que, en su opinión, un exceso de transparencia "podría generar conductas anticompetitivas y concertadas entre operadores".

OTRA CONSULTA

Por otro lado, el informe de Competencia también responde a otra consulta del ICAC en relación con las renovaciones en la realización de auditorías de cuentas cuando se extienden a varios años o ejercicios, ya que el Instituto pregunta sobre la posibilidad de modificar a la baja dichos honorarios en función de las actividades que se vayan a realizar por la entidad auditada en el transcurso del tiempo.

Sobre ello, la CNMC coincide con el ICAC en que las modificaciones de los honorarios "son perfectamente posibles durante las vicisitudes de un contrato". "No obstante, no parece adecuado presumir que cierto tipo de circunstancias empresariales (fusiones o escisiones) conlleven automáticamente subidas o bajadas de honorarios a priori. Es más deseable que estos eventos se establezcan en cada caso, en el marco de la libre voluntad de las partes", subraya Competencia.

Este organismo recuerda que ya analizó la regulación de la actividad de la auditoría, con la publicación en 2015 de un Informe sobre el Anteproyecto de la LAC, en el que se reconocía la relevancia de esta actividad para el funcionamiento eficiente de una economía de mercado y la necesidad de la regulación para mitigar fallos.

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