Los contratos de líneas regulares de autobús generan "monopolios temporales"

Autobús De Alsa
Foto: EUROPA PRESS
Actualizado: miércoles, 7 mayo 2014 17:17

Recomienda abrir a la competencia las rutas de autobús rentables en vez de concederlas a una sola empresa

   MADRID, 7 May. (EUROPA PRESS) -

   La Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) advierte de que el actual sistema de explotación del transporte regular de viajeros por carretera, por el que concede por concurso público a una sola empresa el servicio en una determinada ruta entre dos ciudades, puede generar la constitución de "monopolios temporales".

   Por ello, estima que debería dejarse a la libre competencia la prestación del transporte en autobús en las rutas que sean rentables, en vez de cederlas a una sola empresa concesionaria.

   "No se considera a priori asumible que todo el mapa del transporte terrestre por carretera en España deba quedar sujeto a la atribución de un monopolio temporal para su explotación ruta por ruta", indica el organismo que preside José María Marín Quemada tras analizar los pliegos que el Ministerio de Fomento ha diseñado para sus próximos contratos de concesión de líneas de autobús.

   Tras analizar estos pliegos, la CNMC indica, no obstante, que la falta de información que ofrecen sobre las distintas rutas "impide valorar" si los contratos de concesión incluyen trayectos que pueden considerarse de servicio público o, por contra, que podrían explotarse en régimen de libre competencia.

   En este sentido, el 'superregulador' recuerda que un contrato de concesión como los que emplean para encomendar a una empresa de autobuses la explotación de una determinada ruta entre dos ciudades "debe cumplir la normativa de servicio público".

   Según esta norma, este tipo de contratos deben reservarse para garantizar que se presta servicio de transporte en un trayecto que no es rentable en caso de que su explotación se confíe al libre mercado.

   En este punto, la CNMC considera que Fomento debería dejar a la libre competencia la explotación del servicio de transporte de viajeros en autobús en aquellas relaciones en las que el "juego del mercado" garantice por sí mismo servicios frecuentes, seguros, de calidad y a un precio adecuado.

   Para este organismo, el hecho de que se recurra a un contrato de gestión de servicios públicos para prestar todos los servicios "cierra la posibilidad de que otros operadores puedan prestar el servicio durante el periodo de duración del contrato y aumenta la posibilidad de que el adjudicatario obtenga rentas monopolísticas", advierte.

EL CANON RESTRINGE LA COMPETENCIA.

   El informe del 'superregulador' se refiere también al canon que, según los nuevos pliegos de contratación, las empresas que consigan las rutas de autobús deberán abonar al Estado, un importe equivalente al 1% del valor anual medio estimado del contrato.

   La CNMC considera que esta tasa constituye una "restricción a la competencia" dado que reduce la rentabilidad de la concesión sin justificación alguna desde la perspectiva de la eficiencia en la prestación del servicio a los usuarios.

   "Además, desincentiva la presentación de ofertas y puede constituir una ventaja a favor de la empresa que actualmente explota la línea, que conoce con mayor precisión los datos económicos de la misma", subraya.