Tribunal de Cuentas acusa a CEOE, CC.OO. y UGT de orquestar el reparto de subvenciones de una fundación

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EUROPA PRESS
Actualizado: martes, 17 octubre 2017 15:03

Dice que las convocatorias de ayudas no cumplen con principios de concurrencia, igualdad y no discriminación previstos en la ley

MADRID, 17 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal de Cuentas ha acusado a la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) y a los sindicatos CC.OO. y UGT de organizar el reparto de las subvenciones en la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales de una forma de dudosa legalidad ya que formaban parte del patronato que concedía las ayudas.

En su 'Informe de Fiscalización de la Fundación Estatal para la Prevención de Riesgos Laborales, ejercicio 2015', recogido por Europa Press, el órgano presidido por Ramón Álvarez de Miranda llega a acusar a estas organizaciones de diseñar el reparto de ayudas públicas con el fin de recibir los fondos.

En algunas de las ayudas, el Tribunal destaca que todas las solicitudes de estas organizaciones recibieron financiación y que la suma de todas ellas coincidía con el importe total del presupuesto, lo que lleva a aseverar a este órgano de control que "existe un reparto previo de los fondos entre CEOE, UGT y CC.OO".

El Tribunal señala que una de las convocatorias de esta Fundación, la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2015-2016, por valor de 10,7 millones de euros, no cumplía en sus bases los principios de concurrencia, igualdad y no discriminación previstos en la Ley General de Subvenciones.

Tampoco en lo referente a los beneficiarios, en cuanto a que los propios receptores de las subvenciones eran los propios patronos de la Fundación. Al resultar una concesión de subvenciones, y no un procedimiento de "autocontratación", el Tribunal sostiene que "cabe cuestionarse la legalidad de los importes pagados".

"JUEZ Y PARTE EN EL REPARTO DE AYUDAS"

Hasta septiembre de 2015, estas organizaciones copaban la mitad de los puestos en el Patronato, órgano de la fundación encargado hasta entonces de aprobar las ayudas y las normas aplicables a cada una de las convocatorias anuales de ayudas. Según el Tribunal, el control por parte de estas entidades implicaba que "en algunos cosas las normas no se aplicaran o se hubieran adaptado según sus intereses".

Así, el Tribunal sostiene que, una vez aprobadas, se cambiaron normas aplicables para adaptarlas a acciones ejecutadas por las organizaciones, o que la distribución de los fondos no se efectuó, en otros casos, siguiendo los principios recogidos en la convocatoria.

"El Patronato de la Fundación ha sido juez y parte en el reparto de las ayudas concedidas, al establecer las normas para distribuirlas entre los agentes sociales, aprobando o denegando las acciones, y siendo sus miembros, a su vez, beneficiarios de las mismas", sostiene el Tribunal.

EXCLUIR A OTRAS ORGANIZACIONES DEL REPARTO

La Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales concede ayudas a acciones sectoriales y a acciones territoriales, decididas en órganos tripartitos con las comunidades autónomas hasta que en 2013, por la anulación de varias convocatorias por vulnerar regímenes competenciales, estas acciones territoriales fueron sustituidas por otras calificadas como 'transversales'.

Sin embargo, el órgano fiscalizador sostiene que estos fondos se siguieron distribuyendo con la misma proporción entre CCAA, y dentro de ellas entre la CEOE, CC.OO. y UGT en idénticas proporciones que en convocatorias anteriores. El Tribunal asegura haber comprobado que la valoración de las solicitudes estaba diseñado para que únicamente obtuvieran financiación estas organizaciones, y excluir del reparto a otras, como a USO.

En la concesión de ayudas a las acciones sectoriales, ejecutadas de forma paritaria, el Tribunal sostiene que los grupos de trabajo no aplicaron criterios de valoración conforme a las normas aprobadas por el Patronato, y que de haberse aplicado los baremos correctamente, muchas de las acciones aprobadas no hubieran obtenido financiación, y otras denegadas sí. Por ello, concluye que la distribución de los fondos entre los sectores y los agentes sociales se realizó según los intereses de los grupos de trabajo.

VISITAS A EMPRESAS POR PERSONAL NO CUALIFICADO

Respecto a la ejecución de las acciones financiadas por la fundación, el Tribunal informa de que su fiscalización detecta "múltiples incidencias" que llevan a cuestionar la dedicación de estos fondos a su finalidad. Entre ellas, la ausencia en muchos casos de soporte documental para acreditar tales trabajos, por ser suficiente una mera declaración de los agentes sociales; o la financiación por parte de los agentes sociales del gasto de personal sin acreditar las acciones realizadas.

En el caso de las confederaciones y federaciones empresariales territoriales, el Tribunal señala que éstas subcontrataron íntegramente la ejecución de las acciones, y repercutieron gastos de personal más elevados que los destinados a su ejecución.

Respecto a las visitas de empresas en las acciones territoriales y transversales, el Tribunal sostiene que no existe posibilidad de demostrar su realización, al no exigirse su justificación documental, ni tampoco si el contenido fue, realmente, la prevención de los riesgos laborales u otro tipo de actividades sindicales, algo que llega a poner en duda, "especialmente en el caso de CC.OO., en el que las visitas se realizan por agentes sindicales sin formación en prevención", critica.

Las visitas a empresas dentro de acciones sectoriales, realizadas de forma paritaria, sí que debían ser justificadas por cada agente social. Sin embargo, en el caso de la construcción, Confemetal, UGT-FICA y CC.OO. de Industria, asegura el Tribunal, presentaron copias a color escaneadas de los partes originales, "con la intención de cobrar unas visitas de manera no de vida" a las que, apostilla, "presumiblemente no asistieron".

COMPLETAR LA "ESCASA" REGULACIÓN Y VERIFICAR LAS ACTUACIONES

Tras detectar incidencias en materia de regulación, gestión, liquidación y control de las acciones y de los recursos destinados a financiarlas, el Tribunal recomienda al Gobierno desarrollar la regulación de la fundación, prevista en 1999 dentro de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, en la que quedaba pendiente desarrollar quiénes podían acceder a las ayudas para realizar las acciones.

Asimismo, también demandan desarrollar la normativa en materia de prevención de riesgos laborales, "y su adaptación a la realidad", y adecuar las bases reguladoras a las previsiones de la Ley General de Subvenciones, particularmente en lo referido a sus principios rectores y los potenciales beneficiarios.

Respecto al Patronato, el Tribunal considera que "sería deseable que fuera él mismo" el que estudiara las necesidades reales de empresas y trabajadores, determinara actuaciones y estableciera indicadores de resultados para cada acción financiada, con el fin de verificar la evaluación de su contenido técnico, su eficacia, economía y eficiencia, y no sólo su ejecución. También aconseja aprobar normas homogéneas sobre procedimientos de liquidación de estas actuaciones.