Acciona y Lime, entre las 18 empresas autorizadas para desplegar 8.610 patinetes por Madrid

Publicado: martes, 12 febrero 2019 14:16

Move y Cabify, entre las que quedan fuera de la puja donde la demanda de patinetes multiplicó por doce los permitidos

MADRID, 12 Feb. (EUROPA PRESS) -

Acciona, Lime y Jump Uber figuran en el listado de 18 empresas que han logrado autorización del Ayuntamiento de Madrid para desplegar por la ciudad un total de 8.610 patinetes eléctricos, según informó el Cosistorio.

Se trata de un 8% del total de 108.094 solicitados por 25 empresas, cuya demanda multiplicó así por doce el número máximo de vehículos de este tipo permitidos.

Según informó el área de Medio Ambiente y Movilidad, el Ayuntamiento de Madrid ha concedido 18 autorizaciones a servicios de patinetes eléctricos compartidos para que puedan circular por la ciudad tras su regulación en la ordenanza de Movilidad Sostenible que entró en vigor el pasado 24 de octubre.

Una vez aprobada esta resolución, las empresas de alquiler de patinetes tienen ahora un máximo de dos meses para implantarse en la ciudad.

Para dar estas autorizaciones, el Consistorio ha tenido en cuenta la superficie transitable en patinete eléctrico en cada distrito para establecer topes máximos en cada uno de ellos, de tal forma que aseguren la convivencia con el resto de modos de movilidad.

Las 18 empresas que han recibido la autorización son Acciona, Eskay, Voi, Taxify, Scoot, Koko, Ufo, Rideconga, Flash, Mobike, Ari, Tier, Alma, Lime, Motit4u, Wind, Jump Uber, SJV Consulting.

Por contra, se les ha denegado el permiso por no cumplir los requisitos a Bird, Donkey, Movo, Cabcar, Cabify, Taxir y Mygo.

Otras tres solicitudes de sendas empresas, que suman 3.000 patinetes adicionales, se encuentran aún en tramitación.

FUENCARRAL, EL DISTRITO CON MÁS PATINETES.

Los 8.610 autorizados se han distribuido por todos los barrios y distritos. Fuencarral-El Pardo será el que más unidades tenga, con un máximo de 823 y Moratalaz el que menos, con 124.

En concreto, en el distrito Centro se han concedido 310 patinetes, en Arganzuela 212 unidades, en Retiro 166, en Salamanca 210, en Chamartín 348, en Tetuán 278, en Chamberí 160, en Fuencarral-El Pardo, 823, en Moncloa-Aravaca 726 y en Latina, 465.

Asimismo, en Carabanchel podrán circular un máximo de 577 patinetes, en Usera de 367, en Puente de Vallecas de 595, en Moratalaz de 124, en Ciudad Lineal de 451, en Hortaleza de 765, en Villaverde de 410, en Villa de Vallecas de 387, en Vicálvaro de 343, en San Blas-Canillejas de 526 y en Barajas, de 367.

REDISTRIBUCIÓN DIARIA DE LA FLOTA.

Para conseguir la autorización, las empresas deben tener seguro para usuarios y terceras personas, geolocalización, así como aplicaciones que impidan que los puntos de inicio y llegada de los trayectos se realicen en zonas por donde no pueden transitar los patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad urbana.

Para mantener dicha, deben redistribuir diariamente la flota y empezar cada jornada con los patinetes en los barrios y distritos para los que hayan conseguido el permiso.

En las condiciones se contempla la protección del perímetro de parques históricos, de modo que en sus aceras perimetrales no puede haber distribución de patinetes.

Los usuarios pueden aparcarlos según lo que marca la ordenanza, esto es, primero en las reservas de motos o bici, después en la banda de estacionamiento y, en algunas circunstancias, sobre la acera, junto al bordillo y dejando un espacio.

"Vamos a estar muy vigilantes y las empresas van a tener que hacer un esfuerzo para que los usuarios cumplan las reglas", ha asegurado la delegada de Movilidad, Inés Sabanés.

PROHIBIDO CIRCULAR POR LA ACERA.

Además de regular el funcionamiento de las empresas de patinetes eléctricos, la ordenanza de Movilidad Sostenible establece, por vez primera, por dónde pueden circular y aparcar estos vehículos.

Por seguridad, se prohíbe que los patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad urbana circulen por las aceras, los carriles bus, las calles con más de un carril por sentido, y por accesos y tramos no semaforizados de la M-30.

En cambio, podrán circular por los carriles y las pistas de bici, por la calzada de calles integradas dentro de zonas 30 respetando la prioridad del peatón y por las calles en las que en todos sus carriles la velocidad máxima de circulación sea igual o inferior a 30 kilómetros. Principalmente son aquellas de un carril por sentido o un solo carril y representan aproximadamente un 85 por ciento de las calles de Madrid.

En los parques públicos pueden circular por aquellas vías en las que esté permitido la circulación de bicicletas. Si son sendas compartidas con el peatón, su velocidad se limitará a cinco kilómetros por hora.

PARA MAYORES DE QUINCE AÑOS.

La edad permitida para circular con patinete por las vías y espacios públicos es de 15 años. Los menores de esa edad sólo podrán hacerlo en patinetes adecuados a su edad, altura y peso y circular en itinerarios autorizados y practicados con guía (desde los 10 años) o bien fuera de las zonas de circulación, en espacios cerrados al tráfico, y acompañados y bajo la responsabilidad de sus progenitores o tutores.

Se recomienda la utilización de casco pero sólo es obligatorio para los menores de 16 años. Todos deben llevar timbre, sistemas de frenado, luces y elementos reflectantes y no pueden portar auriculares conectados a aparatos reproductores o receptores de sonido.

CÓMO ESTACIONAR.

Los patinetes, como el resto de los vehículos de movilidad urbana de tipo A y B, deben estacionar en las reservas destinadas a motocicletas y bicicletas.

Si no las hay, podrán aparcarse en la banda de estacionamiento general de la calzada y en último caso en las aceras, siempre que lo hagan junto al bordillo y dejen más de tres metros de ancho libre. En aceras de menos de seis metros, paralelamente al bordillo. Y, si la acera tiene más de seis metros, en semibatería o ángulo junto al bordillo.

Siempre deberán guardar una distancia mínima de 2 metros respecto a los pavimentos tactovisuales al objeto de garantizar la movilidad de las personas con discapacidad visual. No podrán estacionar en aceras cuando las calles sean de especial protección para el peatón o exista señalización específica que lo prohíba, como sucede en Gran Vía.

Tampoco podrán aparcar en el ámbito peatonal de las reservas de transporte público colectivo (paradas autobuses de Empresa Municipal de Transporte), ni en el ámbito peatonal de las plazas reservadas para personas de movilidad reducida. Tampoco en el de las paradas de taxi ni sobre tapas de alcantarillado ni de otros servicios (telecomunicaciones, energía, etc).

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