Adidas eliminará la cláusula de no competencia post contractual de algunos contratos de franquicia

Publicado: martes, 18 febrero 2020 12:52

La CNMC aprueba en terminación convencional el expediente sancionador incoado contra Adidas Spain, que, por su parte, asume varios compromisos

MADRID, 18 Feb. (EUROPA PRESS) -

Adidas Spain eliminará la cláusula de no competencia post contractual incluida en algunos contratos de franquicia, al tiempo que eliminará la prohibición de las ventas cruzadas entre distribuidores en general y entre los franquiciados en particular y aclarará el requisito de comunicación previa de las direcciones de internet utilizadas por los distribuidores.

Estos son los compromisos adquiridos por la compañía orientados a eliminar los problemas de competencia detectados en el expediente sancionador incoado por la Comisión Nacional de los Mercados de la Competencia (CNMC), que ha aprobado la terminación convencional del mismo.

La resolución de un expediente sancionador mediante terminación convencional constituye una forma de finalizar un procedimiento sancionador en la que CNMC hace vinculantes los compromisos ofrecidos voluntariamente por el presunto infractor sin imponer una multa.

Este expediente fue iniciado de oficio tras la denuncia de un franquiciado de Adidas en noviembre de 2018. La empresa fabricante de material deportivo instrumentaliza las relaciones comerciales con sus distribuidores a través de contratos escritos, que incluyen unas condiciones generales de venta y otras específicas para Internet.

Su redacción ha variado con el tiempo y coexistían distintos modelos de contratos de franquicia firmados en distintos momentos temporales. Estos contratos contenían distintas prácticas anticompetitivas que restringían las ventas y la publicidad online, o las ventas cruzadas, e imponían obligaciones de no competencia post contractual (esto último solo a algunos franquiciados), según ha explicado la CNMC.

Adidas solicitó la terminación convencional y presentó unos compromisos, que, según la CNMC, solucionan de forma adecuada los problemas de competencia detectados.

La CNMC ha asegurado que vigilará su cumplimiento y advertido de que cualquier infracción de los mismos tendrá consideración de infracción muy grave.

La terminación convencional es un modo atípico de terminar el procedimiento administrativo, haciendo vinculantes unos compromisos ofrecidos voluntariamente por el presunto infractor, sin necesidad de que se produzca una declaración sobre la acreditación de la infracción ni, consiguientemente, se imponga una sanción.

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