La DOP Torta del Casar espera que la sentencia del Tribunal de la UE ayude a "clarificar el panorama comercial"

DOP Torta del Casar
DOP TORTA DEL CASAR
Actualizado: viernes, 15 diciembre 2017 14:11

CÁCERES, 15 Dic. (EUROPA PRESS) -

La Denominación de Origen Protegida (DOP) Torta del Casar ha confiado en que la sentencia del Tribunal General de la Unión Europea que le da la razón en el litigio que mantiene con la DOP Queso de la Serena, ayude a "clarificar el panorama comercial".

Así, y tras varios años de oposiciones al registro como marca de la expresión 'Queso y Torta de la Serena', por esta sentencia queda sin efecto la decisión tomada por la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO), que consideró que el término "torta" simplemente designa la forma redondeada y aplastada de un queso.

Tras esta sentencia el presidente de la D.O.P. Torta del Casar, Ángel Pacheco Conejero, ha aclarado que "esto no es una guerra contra una Denominación de Origen extremeña", sino que "es un trabajo mucho más amplio porque la palabra *torta* se vulgariza al aparecer en el mercado decenas de marcas que la utilizan".

Así, en su análisis de la situación judicial en que se encuentran actualmente los distintos procedimientos contra registros de marca tanto a nivel nacional como a nivel europeo, Pacheco destaca que "el empecinamiento que han mostrado algunas queserías o empresas de distribución en registrar en sus marcas la palabra 'Torta', deriva de que se asocia directamente a un nombre muy conocido y de mucho prestigio, la Torta del Casar".

Además, "de otra forma no cabe imaginar los ingentes recursos empleados por algunos en defender que 'Torta' es un genérico, si lo fuese, no habría necesidad de litigios, pero no lo es", ha señalado Pacheco.

Por su parte el director del Consejo Regulador de la DOP Torta del Casar, Javier Muñoz, ha explicado que este órgano "siempre" ha "defendido que el término "torta" es una denominación tradicional ligada intrínsecamente a la DOP Torta del Casar".

Por eso, y tras analizar "a fondo" la sentencia, Muñoz ha destacado que "el fallo del tribunal anula esta resolución al señalar que la EUIPO omitió, ilegalmente, apreciar la cuestión de si el término torta era una denominación tradicional no geográfica", y por tanto se está "desmontando por tanto el argumento de que no existe riesgo de confusión entre las marcas en conflicto y que 'torta' es un nombre genérico".

Finalmente, el Consejo Regulador espera que esta sentencia del Tribunal General de la Unión Europa ayude a "clarificar el panorama comercial", ya que este "uso indiscriminado" de la palabra torta "daña profundamente tanto a los productores de la Torta del Casar, que pierden cuota de mercado, como a los consumidores que muchas veces creen estar comprando un queso amparado por la Denominación de Origen cuando no es así".

Cabe destacar que los quesos D.O.P. Torta del Casar se elaboran únicamente en las queserías inscritas en los registros del Consejo Regulador, que día a día trabaja para garantizar el origen y la calidad de la misma, controlando la pureza del proceso de elaboración para la plena seguridad y confianza de los consumidores.

La Denominación de Origen Protegida ampara este queso "de antigua tradición y cualidades singulares y diferenciadoras", por lo que cuando se quiera disfrutar de un auténtico queso D.O.P. Torta del Casar, hay que "buscar su exclusiva etiqueta de control en la que se une el logotipo del Consejo Regulador al de la Unión Europea, única garantía de que la elección realizada y el reconocimiento internacional".