Economía.- (Ampl) Competencia abre expediente sancionador a Cepsa por mantener acuerdos de no competencia en gasolineras

Actualizado: viernes, 23 noviembre 2007 19:52

MADRID, 23 Nov. (EUROPA PRESS) -

La Comisión Nacional de Competencia (CNC) ha acordado abrir formalmente un expediente sancionador a Cepsa Estaciones de Servicio por presunta duración indebida y antirreglamentaria de los acuerdos de no competencia suscritos contractualmente con distintas gasolineras, informó hoy el organismo.

Competencia abre este expediente a la petrolera a la vista de la información reservada practicada y con objeto de investigar si dichos acuerdos de no competencia pudieran ser contrarios al artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia, que prohíbe la fijación, de forma directa o indirecta, de precios o de otras condiciones comerciales o de servicio; la limitación o el control de la producción, la distribución, el desarrollo técnico o las inversiones; y el reparto del mercado o de las fuentes de aprovisionamiento, entre otras prácticas.

La vulneración de este artículo puede ser considerado infracción grave, con multa de hasta el 5% del volumen de negocios total de la empresa infractora en el ejercicio inmediatamente anterior al de la imposición de la multa, y muy grave, con multa de hasta el 10% del volumen de negocios total de la empresa infractora en el ejercicio inmediatamente anterior al de la imposición de la multa.

El organismo presidido por Luis Berenguer abre ahora un periodo de 18 meses para la instrucción y resolución de expediente, "sin que la adopción del presente trámite permita prejuzgar la decisión que sobre el fondo del mismo pueda concluirse", señala.

La Confederación Española de Empresarios de Estaciones de Servicio (CEEES) presentó en mayo de 2006 ante Competencia una denuncia contra Cepsa, Galp, Agip y Total por la duración indebida y antirreglamentaria de los acuerdos de no competencia suscritos contractualmente con distintas estaciones de servicio.

El pasado mes de mayo, el Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) dio por cumplida una resolución de mayo de 2001 en la que obligaba a Cepsa a pagar 200 millones de pesetas (1,2 millones de euros) por el incumplimiento de las normas que prohíben la fijación de precios y limitan la duración de los contratos de suministro.

El 30 de mayo de 2001, el Tribunal entendió que Cepsa había incurrido en una práctica ilegal al fijar a los distribuidores los precios de venta al público de los combustibles, y obligó a la empresa a abandonar estas prácticas.

Por otro lado, el año pasado, el Tribunal Supremo anuló una resolución del propio TDC por la que se archivaba el expediente abierto contra Cepsa en 1995, iniciado por la patronal de los gasolineros CEEES en 1992 y en el que se solicitaba la anulación de los contratos en régimen de comisión que les comprometían a la exclusividad con el proveedor.