Economía.- (Ampliación) Madrid multará con hasta 30 millones a las eléctricas que incumplan la garantía de suministro

Actualizado: jueves, 30 agosto 2007 20:25

Las compañías tendrán un plazo de dos años para adaptarse a la nueva normativa autonómica


MADRID, 30 Ago. (EUROPA PRESS) -

La Comunidad de Madrid multiplicará por 10 las multas a las empresas eléctricas que incumplan la garantía de suministro eléctrico en la Comunidad de Madrid, con sanciones que oscilarán entre 30 millones y 600.000 euros, según recoge el Proyecto de Ley para el Incremento de la Cuantía de las Sanciones en Caso de Incumplimiento del Suministro Eléctrico, aprobado hoy por el Consejo de Gobierno y que ahora será remitido al Consejo Económico y Social (CES).

Las compañías dispondrán de un plazo de dos años, hasta 2009, para adaptarse a esta nueva normativa, y deberán elaborar un plan de inversiones anual para evitar cortes de suministro, anunció hoy el vicepresidente primero y portavoz autonómico, Ignacio González, en rueda de prensa.

Otra medida que contempla la nueva legislación es que las subestaciones deberán de disponer de un equipo contra incendios para garantizar su seguridad ante este tipo de emergencias.

González explicó que este proyecto de ley viene a desarrollar la Ley de Garantía de Suministro Eléctrico que ya aprobó la Asamblea de Madrid en la pasada legislatura, concretando "los criterios generales que estaban establecidos" en la normativa.

"Este reglamento lo que hace es desarrollar la ley y concreta algunas de las cuestiones que se establecían, como el número de equipos de subestaciones móviles o de generadores que deben establecerse para garantizar el suministro, los tiempos de respuesta para el reestablecimiento del servicio, las inversiones, cómo debe garantizarse la integridad de la red para que todas las subestaciones se puedan apoyar unas a otras...", agregó.

EFICACIA AL REPONER EL SERVICIO.

El nuevo proyecto de ley determina que las sanciones previstas en el nuevo proyecto de ley se graduarán en función de la eficacia en la reposición del suministro eléctrico. Además, obliga a las empresas distribuidoras de electricidad que operan en la región a presentar a la Administración, dentro del último trimestre de cada año, un Plan Periódico de Medios e Inversiones en el que se detallen las actuaciones previstas durante el ejercicio siguiente para evitar apagones en la Comunidad de Madrid en caso de incidencias en la red.

El programa obligatorio para las eléctricas deberá recoger no sólo información sobre medios materiales y humanos destinados a atender incidencias relacionadas con la garantía del suministro, sino también los medios con los que se reforzarán los distintos dispositivos, entre ellos los de atención al cliente, en caso de avería.

Asimismo, se fijan unos tiempos máximos para la normalización del servicio si se producen incidencias de importancia y se establecerán unos equipos auxiliares mínimos para cada empresa, que deberán estar disponibles para afrontar cualquier situación.

El proyecto de decreto remitido al CES regula una serie de medidas y procedimientos concretos destinados a detectar posibles problemas estructurales, presentes y futuros, en la red de distribución; corregir dichos problemas acometiendo las inversiones necesarias; evitar en lo posible que se produzca una incidencia de tipo eléctrico y, por último, garantizar que las empresas distribuidoras cuenten con los medios materiales y humanos necesarios para afrontar dicha incidencia, en caso de que ésta tenga lugar, en un tiempo máximo establecido.

En cuanto al programa de medios e inversiones obligatorio previsto en el decreto, el Ejecutivo autonómico entiende que el mismo servirá para aportar una visión global del estado de la red de distribución y revelar posibles carencias o defectos estructurales que puedan producirse a corto, medio y largo plazo con la incorporación, por ejemplo, de nuevos grandes consumidores de energía eléctrica.

Por otro lado, se determinan una serie de criterios que deberán ser tenidos en cuenta a la hora de diseñar tanto las redes de distribución como las propias subestaciones, destinados a garantizar una adecuada cobertura de todo el mercado en condiciones excepcionales de explotación derivadas de puntas de demanda o de la existencia de una incidencia de importancia en la red, así como la rápida sustitución o refuerzo de una subestación por equipos auxiliares en caso de que se produzca un fallo.

Se trata de establecer una serie de condiciones de diseño de subestaciones para que la red sea lo más mallada posible, de forma que el suministro eléctrico pueda llegar a cualquier punto de consumo por, al menos, dos caminos diferentes.

También se limita el régimen de trabajo al que pueden funcionar normalmente las subestaciones, con objeto de evitar que una posible carencia de inversiones de modernización provoque que las mismas se encuentren habitualmente al límite de su capacidad y no sean capaces de absorber cargas adicionales en caso de que se produzca un problema.

El decreto también recoge los criterios de mantenimiento que deberán observarse en este tipo de instalaciones, e intensifica las inspecciones en entornos urbanos.

EQUIPOS AUXILIARES DE EMERGENCIA SUFICIENTES.

Otro requisito a cumplir por las empresas distribuidoras es disponer de equipos auxiliares de emergencia, subestaciones móviles y grupos electrógenos en la cantidad y potencia que sea necesario, con el fin de poder recuperar el mercado de la subestación con mayor demanda, incluso en el caso de fallo de todas las líneas de alimentación y toda la transformación a media tensión.

Dicho mercado se recuperará mediante la utilización de la potencia de reserva disponible en las subestaciones próximas y de los citados equipos auxiliares de emergencia, en la forma y cantidad que permitan las características del mercado afectado.

Los citados medios serán los mínimos necesarios de los que deberá disponer cada empresa distribuidora, que quedarán registrados para atender el suministro eléctrico en la Comunidad de Madrid.

La nueva normativa, una vez en vigor, obligará a las eléctricas a comunicar a la mayor brevedad posible a la Administración regional las incidencias importantes, ya sea por tiempo de duración como por número de afectados.

El proyecto establece, además, un procedimiento para autorizar provisionalmente instalaciones que se consideren urgentes y que, para salvar una situación de crisis provocada por un incidente grave, no pudieran esperar para entrar en servicio hasta que se cumpliese el procedimiento administrativo ordinario.

El Gobierno regional prevé marcar plazos razonables para que las empresas puedan adaptar sus equipos auxiliares de emergencia y registros de incidencias a lo dispuesto en el decreto, así como para adecuar sus potencias, alimentaciones y líneas de salida.