Economía.- Las compañías cotizadas deberán explicar el impacto en sus resultados de la rebaja del Impuesto de Sociedades

Actualizado: jueves, 22 febrero 2007 21:11

MADRID, 22 Feb. (EUROPA PRESS) -

Las sociedades cotizadas cuyos resultados en 2006 se vean afectados de manera "relevante" por la rebaja del Impuesto de Sociedades deberán incorporar en sus estados financieros individuales y consolidados explicaciones que detallen el efecto contable de esta rebaja, según acordó hoy el consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).

En particular, señala el organismo regulador en un comunicado, la compañía deberá "cuantificar la variación del saldo de las cuentas de activo y de pasivo por impuestos diferidos, y explicar el importe de esa variación que tendrá reflejo en resultados o, excepcionalmente, cuando así lo exija la norma contable, directamente en el patrimonio de la sociedad".

Además, la sociedad deberá incorporar a la información pública periódica correspondiente al segundo semestre de 2006, en el apartado sobre evolución de los negocios, una explicación que cuantifique el impacto sobre los resultados de ese período de la rebaja del tipo impositivo del Impuesto de Sociedades.

La reciente reforma del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) ha rebajado el tipo general de gravamen del Impuesto de Sociedades del 35% al 32,5% en 2007 y al 30% a partir del ejercicio 2008.

La CNMV considera que esa rebaja tendrá, "en general, un efecto económico que será beneficioso a medio plazo para todas las empresas españolas y sus accionistas", aunque desde el punto de vista contable tendrá también a corto plazo, en las cuentas de resultados del 2006 de aquellas sociedades españolas en cuyos balances figuren créditos fiscales o pasivos fiscales relacionados con el Impuesto de Sociedades, un efecto que "será adverso en unos casos y favorable en otros".

Así, el efecto será adverso para aquellas empresas que incurrieron en pérdidas en ejercicios pasados y registraron entonces, como créditos fiscales, el futuro ahorro fiscal que esperaban conseguir más adelante al compensar tales pérdidas con futuras bases imponibles. En las sociedades en que tales créditos fiscales sean muy cuantiosos, su pérdida de valor podrá incluso superar los beneficios ordinarios de la compañía durante el ejercicio.

Así pues, según la CNMV, "una medida fiscal tan favorable como una rebaja impositiva podrá hacer, paradójicamente, que algunas empresas que hubieran tenido beneficios se vean contablemente obligadas a registrar pérdidas en 2006".

Por el contrario, la rebaja impositiva aumentará coyunturalmente los beneficios de aquellas empresas que completaron combinaciones de negocio en territorio español antes de que se anunciara la rebaja del tipo impositivo, pues tales empresas debieron compensar los fondos de comercio surgidos de esas operaciones dotando cuentas de pasivo por impuestos diferidos al tipo del 35%, cuyo importe deberá ahora minorarse, añade el organismo regulador.