Economía/Empresas.- Eni recurre ante la Audiencia Nacional la resolución de la CNC sobre la compra de Unión Fenosa

Actualizado: viernes, 5 junio 2009 13:25

MADRID, 5 Jun. (EUROPA PRESS) -

Eni ha recurrido ante la Audiencia Nacional la parte de la resolución de la Comisión Nacional de Competencia (CNC) sobre la compra de Unión Fenosa por Gas Natural en la que el organismo presidido por Luis Berenguer se pronuncia acerca de la sociedad conjunta entre la petrolera italiana y la eléctrica, Unión Fenosa Gas.

Fuentes de la CNC explicaron a Europa Press que la propia Audiencia Nacional se ha dirigido a Competencia para informarle de que ha recibido un recurso interpuesto por la petrolera dirigida por Paolo Scaroni.

Por su parte, fuentes de Gas Natural dijeron no tener constancia de este recurso y, al desconocer su base argumental y su naturaleza, rehusaron pronunciarse sobre la decisión de Eni, que ya había amenazado en varias ocasiones con emprender acciones legales.

'Expansión', que adelanta el recurso presentado por Eni, explica que la Audiencia Nacional ha solicitado a la CNC el expediente de la operación y señala que la sociedad conjunta está valorada por los analistas en cerca de 8.000 millones.

La compañía italiana se muestra contraria a la decisión de la CNC de que, como parte de la compra de Fenosa, Gas Natural se limite a revisar la situación en Unión Fenosa Gas, sin obligarle a realizar desinversiones.

Fuentes del sector aseguran a Europa Press que el objetivo de Eni, que tiene participación estatal, es aprovechar la situación para adquirir a buen precio el 50% que no controla en Unión Fenosa Gas.

Desde el momento en que se conoció la resolución, Eni se mostró en contra de que no se hubiera obligado a Gas Natural a vender la participación de Unión Fenosa en Unión Fenosa Gas, con el argumento de que la situación actual hará que el primer operador de gas controle el 50% del segundo operador.

La relación entre Unión Fenosa y Eni en la sociedad conjunta se rige conforme a un acuerdo por el que la parte que muestre primero la intención de comprar el 50% que no posee deja en manos del otro socio un derecho de tanteo y la posibilidad de presentar una oferta mejorada en al menos un 20%.