Economía/Empresas.- Facua recuerda al Grupo Jale que debe reparar las viviendas entregadas a sus clientes

Actualizado: lunes, 11 agosto 2008 18:43

CÁDIZ, 11 Ago. (EUROPA PRESS) -

La asociación para la defensa de los derechos de los consumidores Facua recordó hoy al Grupo Jale que debe acometer las obras de subsanación de las viviendas entregadas a sus clientes, después de que en febrero se hiciese pública la declaración del concurso de acreedores de dos empresas del Grupo dedicadas al sector inmobiliario.

En un comunicado, Facua señaló que tras la declaración del concurso de Jale Construcciones S.A.U. e Inmobiliaria Amuerma, "un gran número de clientes" de la firma se ha dirigido a la asociación para solicitar asesoramiento e información sobre las posibles precauciones a adoptar.

Jale, con sede social en El Puerto de Santa María (Cádiz), está formado por diferentes empresas que operan, además de en el sector de la construcción, en otros como la hostelería o la comunicación. El pasado mes de marzo, el Juzgado de lo Mercantil de Cádiz declaraba el concurso voluntario de las dos empresas anteriormente indicadas, responsables de la construcción y venta de viviendas en diferentes municipios de Andalucía.

Según Facua, la mayoría de las consultas fueron formuladas por clientes del Grupo cuyas viviendas ya les han sido entregadas pero que mantienen pendientes la realización de reparaciones por la existencia de defectos en las misma de diferente índole.

En estos casos, Facua recordó que la empresa, a pesar de haber sido declarada en concurso de acreedores, debe asumir la realización de las obras de subsanación que tengan que efectuarse en las viviendas que hayan vendido.

Además, en caso de que no asuma esta obligación, los afectados pueden reclamar también al resto de agentes intervinientes en las edificación, que el usuario puede identificar en el certificado final de obra, o a las compañías de seguros de éstos.

Por otra parte, dada la situación que atraviesa este grupo empresarial, Facua recomendó a los usuarios que hayan adquiridos vivienda pendientes de entrega que "requieran información sobre las entidades financieras que avalan las cantidades que se hayan entregado a cuenta". En caso de que las viviendas no sean entregadas finalmente, los usuarios "tienen derecho a que se les reintegre la totalidad de las cantidades entregadas más el interés legal del dinero".

Ello puede hacerse a partir de que se produzca el incumplimiento del contrato por parte de la empresa (por ejemplo, al no entregar la vivienda en la fecha prevista para ello), o en caso de que la empresa o sus administradores concursales manifiesten que las obras no van a finalizarse o, incluso, si resulta evidente que no va a cumplirse el plazo de entrega anunciado, atendiendo al estado de la obras o al plazo otorgado en la licencia urbanística solicitada ante el ayuntamiento correspondiente.