Economía/Empresas.- Telefónica devolverá en mayo a los clientes de Imagenio el exceso de IVA cobrado desde enero

Actualizado: lunes, 13 marzo 2006 19:49

MADRID, 13 Mar. (EUROPA PRESS) -

Telefónica de España devolverá a partir del próximo 19 de mayo el exceso de IVA cobrado desde enero a los más de 200.000 clientes de Imagenio en sus cuotas de alta y de abono, adaptando la facturación a la carga impositiva del 7% vigente desde principio de año para los servicios de televisión digital, en lugar del 16%.

Esta decisión de la operadora se produce después de que la Federación de Consumidores en Acción (Facua) le reclamara la devolución del IVA de Imagenio cobrado "de forma incorrecta", tras haber seguido facturando un tipo impositivo del 16% durante varios meses.

Según los cálculos realizados por la organización, los usuarios verán reintegrados entre 4,95 y 11,26 euros en sus facturas. Imagenio cuesta 19,00 euros más IVA al mes, sin incluir el alquiler del decodificador. Al haberle aplicado el 16% de IVA en lugar del 7%, la compañía deberá devolver 1,71 euros por cada mes en que facture de más.

No obstante, Facua precisa que muchos clientes tienen integrado el servicio en los paquetes 'Dúo' y 'Trío', que agrupan Imagenio, ADSL y llamadas a fijos nacionales. En estos casos, el IVA del 7% se aplicará al precio proporcional de la televisión dentro de los mismos, que será de 19,00 euros en el caso del Dúo y de 12,00 euros en el del Trío, según indica Facua. En el primer caso, se tendrá que producir por tanto la devolución de 1,71 euros por cada mes facturado irregularmente, y en el segundo ésta será de 1,08 euros.

En lo que se refiere al alta de Imagenio, el importe es de 38,10 euros, por lo que Telefónica tendrá que devolver 3,43 euros a todos aquellos usuarios a los que esté aplicando el 16%. Si los usuarios disponían previamente de ADSL, el alta es de 12,00 euros, por lo que en este caso la devolución deberá ser de 1,08 euros.

La organización subraya que Facua le ha precisado que todos estos cambios "van a ser convenientemente expresados en las facturas", de manera que los usuarios dispongan de información "clara" a este respecto. Así, en la presentación de la información que se va a exponer en cada factura, se reflejará de forma diferenciada la base imponible sobre la que se aplica el 16% (voz, ADSL o equipamientos) de aquella afectada con el 7% (canales de TV, PPV o vídeo bajo demanda), así como sus correspondientes importes.