Economía/Empresas.- El TUE confirma la multa de 12,6 millones a Deutsche Telekom por abuso en la banda ancha

Actualizado: jueves, 10 abril 2008 15:19

La sentencia supone un precedente negativo para el recurso de Telefónica contra la multa de 152 millones que le impuso Bruselas

BRUSELAS, 10 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal de Primera Instancia de la Unión Europea (TUE) confirmó hoy la multa de 12,6 millones de euros impuesta en 2003 por la Comisión a Deutsche Telekom por abuso de posición dominante en el mercado de la banda ancha entre los años 1998 y 2002. El TUE ratifica que el operador alemán cobraba a sus rivales precios excesivos por el alquiler de su infraestructura de red y les dejaba un margen de beneficios insuficiente para competir.

La sentencia establece un precedente negativo para el recurso presentado por Telefónica ante la justicia europea contra la multa de 152 millones de euros que el Ejecutivo comunitario le impuso en julio de 2007.

El operador español alegaba en este recurso que había cumplido todas las exigencias en materia de tarifas impuestas por la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) y que Bruselas actuó vulnerando los principios de subsidiariedad, proporcionalidad, seguridad jurídica, cooperación leal y buena administración al intervenir donde ya había un regulador, la CMT. Un argumento similar al que ha usado Deutsche Telekom en este caso.

Sin embargo, la sentencia señala que, incluso respetando la regulación tarifaria impuesta por la autoridad alemana de telecomunicaciones, Deutsche Telekom disponía de un margen de maniobra suficiente para eliminar o reducir el efecto de compresión de márgenes.

El Tribunal subraya que el hecho de que las tarifas del operador alemán debieran ser aprobadas por el regulador no elimina su responsabilidad en relación con la legislación en materia de competencia.

En este sentido, la sentencia constata que Deutsche Telekom no utilizó el margen de maniobra del que disponía en el periodo entre el 1 de enero de 1998 y el 31 de diciembre de 2001 para rebajar las tarifas que cobraba a sus rivales.

El TUE respalda además plenamente el método utilizado por la Comisión para constatar el efecto de compresión de márgenes. En este sentido, señala que el carácter abusivo del comportamiento de Deutsche Telekom se produce porque facturaba a sus competidores precios de acceso a la red más altos que los precios minoristas para sus clientes.

La sentencia considera correcto que Bruselas haya basado su análisis únicamente en las tarifas y los costes de la operadora alemana, haciendo abstracción de la posición específica de los rivales en el mercado.

En cuanto a los efectos del comportamiento ilegal, el Tribunal recuerda que no existía en Alemania, en el momento de la imposición de la multa, ninguna infraestructura alternativa a la red fija de Deutsche Telekom que permitiera a sus rivales entrar de manera viable en el mercado de servicios de acceso a los abonados.

Las prestaciones del operador histórico alemán eran indispensables, y el efecto de compresión entre las tarifas intermedias y las tarifas minoristas obstaculizaba el desarrollo de la competencia.

Finalmente, la sentencia subraya que las decisiones de las autoridades nacionales relacionadas con el derecho comunitario de telecomunicaciones no afectan en ningún caso al poder de la Comisión para constatar infracciones a la legislación en materia de competencia.

Por ello, deja claro que no se le puede reprochar al Ejecutivo comunitario que, con su sanción, haya sometido las tarifas practicadas por Deutsche Telekom a una doble regulación.