Economía/Energía.- CNE ve bien elevar las reservas de seguridad de crudo, pero discrepa del régimen económico propuesto

Actualizado: miércoles, 22 agosto 2007 17:55

MADRID, 22 Ago. (EUROPA PRESS) -

La Comisión Nacional de la Energía (CNE) valora positivamente la novedad de elevar el volumen de reservas mínimas de seguridad de petróleo de 90 a 92 días, incorporada al borrador de Real Decreto que se prepara sobre la materia, pero discrepa del régimen económico propuesto para el organismo encargado de la gestión de estas reservas, la Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos (Cores).

En un informe sobre el borrador del nuevo decreto, el regulador energético considera que el aumento de los días de reservas estratégicas permitirá responder de forma más holgada a las obligaciones asumidas a nivel internacional, especialmente las relacionadas con la Agencia Internacional de la Energía (AIE).

El nuevo decreto, que modificará el RD 1716/2004, distinguirá entre entidades con capacidad de refino y sin capacidad de refino a la hora de establecer el régimen de asignación de reservas, aunque mantendrá la misma obligación en cuanto al número de días de existencias mínimas exigibles a todos los sujetos.

La CNE también ha acogido con satisfacción este aspecto, pero pide que se adapte el calendario para aplicar la ampliación de las reservas estratégicas y que se procuren herramientas para mejorar la planificación operativa y presupuestaria de Cores.

Sobre el régimen económico de Cores, discrepa del borrador del decreto, en el que se calcula el abono de cuotas al organismo a partir de cantidades vendidas o consumidas, y no a partir de cantidades almacenadas como hasta ahora. Para la CNE, lo ideal es un sistema de cuotas unitarias por unidades de venta/consumo y día.

El regulador también ve con buenos ojos la posibilidad de mantener reservas mínimas de seguridad en países de la Unión Europea siempre y cuando se cumplan las precauciones recogidas en los informes sobre seguridad del suministro en España.

RESERVAS DE GLP.

En lo referido a las reservas de gas licuado del petróleo (GLP), el decreto introduce una nueva definición de agentes participantes, pero, según la CNE, adolece de "indefinición" acerca de momento de cómputo de la obligación.

Además, el regulador considera poco "oportuna" la capacidad que se le concede a la Administración para establecer condiciones en los contratos de arrendamiento de capacidad de almacenamiento de reservas.

Precisamente, una de las novedades más relevantes del borrador del decreto se refiera a la regulación de las reservas de GLP. La nueva legislación modifica la forma en la que se determina e identifica el volumen de existencias mínimas que tienen carácter de estratégicas.

Si antes tenía la consideración de existencias estratégicas un volumen equivalente a la mitad de las existencias mínimas de seguridad, con la nueva regulación se introduce el concepto de volumen mínimo, y no fijo, de reservas estratégicas, que queda establecido en 45 días y no en un porcentaje.