Economía/Laboral.-Un Juzgado de Valladolid condena a Telefónica por no respetar la conciliación de la vida familiar

Actualizado: martes, 2 mayo 2006 20:31

VALLADOLID, 2 May. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo Social número 2 de Valladolid ha condenado a la compañía Telefónica por no permitir que una madre trabajadora dispusiese de un horario reducido fijo de mañana, petición que la demandante había formulado debido a que cuenta con una hija de 6 años, y su marido, empleado en el Ayuntamiento de Zamora, trabaja en horario de tarde.

La afectada, con la categoría de asesora comercial del servicio 1004 y una antigüedad de 6 años, comenzó a disfrutar de una reducción de jornada por cuidado de hijo menor de 6 años, prevista en el artículo 37.5 del Estatuto de los Trabajadores, a partir de agosto de 2005, con lo que su petición fue atendida en aquel momento y desde entonces realizaba turno de 9 a 14 horas.

Sin embargo, el pasado día 4 de enero la trabajadora solicitó renovar dicho turno y mantener el mismo horario, si bien entonces la empresa le contestó que al estar desempeñando su trabajo en un área sujeta a turnos debía realizar los mismos y el elegir el horario dentro de cada uno de ellos, entre las 7 y las 21 horas, según informaron a Europa Press fuentes de CGT, sindicato cuyos servicios jurídicos han representado a la demandante.

La mujer presentó demanda el pasado día 20 de febrero y tras el juicio, celebrado el 21 de marzo, el Juzgado de lo Social número 2 ha dictado sentencia firme que establece el derecho de la trabajadora de disponer de turno fijo de mañana con horario de 9 a 14.00 horas, ya que, como así advierte la misma, "en caso de colisión de interés entre trabajador y empresario debe prevalecer aquel que sea el más idóneo para la atención del menor".

Se trata de la segunda sentencia que un Juzgado de Valladolid dicta contra Telefónica por no permitir elegir horario y turno a las madres trabajadoras.