Economía.- El TUE deniega a la cervecera de EEUU Anheuser-Busch el registro de 'Budweiser' como marca comunitaria

Actualizado: miércoles, 25 marzo 2009 12:18

BRUSELAS, 25 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) denegó hoy a la cervecera estadounidense Anheuser-Busch el registro del término 'Budweiser' como marca comunitaria. La sentencia subraya que el derecho de uso comercial de la marca 'Budweiser' para la cerveza ha sido atribuido ya en Alemania y en Austria a la fábrica de cervezas checa Budejovicky Budvar.

El caso se remonta a 1996, cuando Anheuser-Busch presentó una solicitud de registro de marca comunitaria ante la Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI) del signo denominativo 'Budweiser' para los productos siguientes: cerveza, ale, porter, bebidas malteadas alcohólicas y no alcohólicas.

Budejovicky Budvar se opuso al registro de la marca comunitaria, y ello con respecto a todos los productos solicitados. En apoyo de su oposición, la cervecera checa invocó marcas internacionales y denominaciones de origen anteriores que incluían el término 'Budweiser', registradas para la cerveza.

La OAMI dio la razón a la cervecera checa y desestimó la solicitud de marca comunitaria de Anheuser-Busch por considerar que la marca solicitada era idéntica a la marca denominativa internacional anterior 'Budweiser', protegida en particular en Alemania y en Austria. La cervecera estadounidense interpuso un recurso contra esta resolución ante el Tribunal de Primera Instancia.

En su sentencia de este miércoles, el TUE señala que Budejovicky Budvar presentó anuncios publicitarios y facturas en los que figuraba la marca anterior, dirigidos a los clientes en Alemania y en Austria para comercializar la cerveza durante los cinco años anteriores a la publicación de la solicitud de marca comunitaria de Anheuser-Busch.

La sentencia indica que tales anuncios publicitarios y facturas constituyen la prueba de un uso efectivo por la fábrica de cervezas checa de la marca anterior. En consecuencia, Budejovicky Budvar invocó acertadamente dicha marca para oponerse al registro, en particular para la cerveza, de la marca solicitada Anheuser-Busch.

Por último, por lo que se refiere a las bebidas malteadas no alcohólicas, el Tribunal de Primera Instancia señala que al ser éstas similares a los productos "cerveza de todo tipo" a los que se refiere la marca anterior, la solicitud de registro de Anheuser-Busch debe desestimarse también con respecto a ellas. En tales circunstancias, la sentencia indica que la "cerveza de todo tipo" incluye asimismo la cerveza sin alcohol, que es, por definición, una bebida malteada no alcohólica.

Tal similitud supone, según el TUE, un riesgo de confusión en los consumidores alemanes y austriacos, ya que éstos pueden creer que las bebidas malteadas no alcohólicas vendidas bajo la marca 'Budweiser' proceden de la misma fuente que la cerveza vendida bajo la marca 'Budweiser'.

A la vista de todo lo anterior, el Tribunal de Primera Instancia desestima en su totalidad el recurso presentado por Anheuser-Busch.

Contra las resoluciones del Tribunal de Primera Instancia puede interponerse recurso de casación, limitado a las cuestiones de Derecho, ante el Tribunal de Justicia de Luxemburgo en un plazo de dos meses desde su notificación.