Los gasolineros y Cepsa se ven las caras esta semana ante el Tribunal de Luxemburgo

Actualizado: domingo, 3 junio 2007 17:17


MADRID, 3 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal de la Unión Europea (UE) ha convocado este jueves a la Confederación Española de Empresarios de Estaciones de Servicios (CEEES) y a Cepsa a una vista en la que ambas partes expresarán sus posiciones acerca de los contratos en exclusiva con las gasolineras y, en concreto, acerca de los aspectos sin resolverse desde 2002.

El Tribunal Supremo falló a mediados de mayo acerca de la reapertura de un expediente a Cepsa por los contratos en exclusiva con las gasolineras. La CEEES acogió con satisfacción esta sentencia, que, según dijo, zanja el problema entre los años 1993 y 2001.

No obstante, aún queda por resolver la situación a partir de 2002, y la citación en el Tribunal de Justicia de la UE en Luxemburgo servirá para ello. Por lo pronto, CEEES dijo esperar un resarcimiento por parte de las petroleras y del Estado.

De hecho, la patronal sostiene que aún quedan por definir las consecuencias económicas del resarcimiento de los daños y perjuicios originados por el incumplimiento de la regulación comunitaria y las leyes nacionales de competencia por parte de Cepsa. CEEES considera que esta semana puede vislumbrarse una solución a un problema de catorce años.

EXPEDIENTE CONTRA CEPSA

En su sentencia de mediados de mayo, el Supremo decidió anular la resolución del Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) por la que archivaba el expediente abierto contra Cepsa en 1995. Este expediente fue abierto después de que la patronal de los gasolineros presentara en 1992 una denuncia para solicitar la anulación de los contratos en régimen de comisión que les comprometían a la exclusividad con el proveedor.

La sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo acordó estimar el recurso de casación presentado por la CEEES y ordenar al Servicio de Defensa de la Competencia (SDC) "continuar la tramitación del expediente".

La CEEES denunció en mayo de 1995 ante el SDC a las empresas petroleras Repsol, BP y Cepsa por incurrir en prácticas restrictivas de la competencia en sus contratos con las estaciones de servicio.

VENTA EXCLUSIVA DE CARBURANTE

Estos contratos disponen, concretamente, que el titular de la estación de servicio se compromete a vender exclusivamente carburantes y combustibles del suministrador, de conformidad con los precios de venta al público, las condiciones y las técnicas de venta y explotación fijadas por dicho suministrador.

La coordinadora alegó la existencia de un "fraude de Ley" en los contratos celebrados a finales de 1992 entre Cepsa y las gasolineras denominados de "suministro en exclusiva en régimen de comisión" al considerarlos contratos de "reventa disfrazados", pues el supuesto comisionista "no puede fijar con libertad el precio final de venta a los usuarios", según la sentencia.

Al respecto, Cepsa alegó que los contratos objeto de litigio eran "atípicos" y admitidos "plenamente" por la legislación y el sector, dentro del que las gasolineras actuaban como comisionistas.

La Dirección General de Defensa de la Competencia declaró el "sobreseimiento parcial del expediente" contra Cepsa en noviembre de 1997. Esta decisión fue recurrida por CEEES ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, quien dictó sentencia en enero de 2002 en la que declaró "inadmisible" el recurso presentado y ordenó al TDC continuar con la investigación de los hechos.