El Gobierno mantiene a las familias numerosas como beneficiarias del bono social de la luz

Actualizado: miércoles, 3 mayo 2017 14:42

Los consumidores vulnerables severos tendrán una mayor protección y se beneficiarán de un descuento del 40% en su factura

MADRID, 3 May. (EUROPA PRESS) -

Las familias numerosas seguirán teniendo derecho a percibir el descuento del 25% en su factura de la luz como beneficiarios del bono social eléctrico, según los criterios de renta definidos por el Gobierno en el desarrollo normativo para actualizar sus requisitos.

El Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital ha remitido este miércoles a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), para su preceptivo informe, el borrador de real decreto que desarrolla el bono social de electricidad, después de definir estos criterios de renta para que sea percibido.

En declaraciones a la prensa en el Congreso de los Diputados, el ministro de Energía, Turismo y Agenda Digital, Álvaro Nadal, afirmó que una vez que la CNMC y la Comisión Europea emitan su informe sobre el borrador de real decreto se procederá "a la tramitación ordinaria" para que sea aprobado por el Gobierno.

Así, para que un consumidor sea considerado vulnerable y pueda acogerse al bono social que le da acceso a un descuento del 25% en su factura, se tendrá en cuenta el nivel de renta de su unidad familiar referido al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), que en 2017 se sitúa en unos 7.455 euros al año en 14 pagas.

En concreto, podrán acceder al bono social las unidades familiares sin menores a cargo que tengan una renta anual menor o igual a 1,5 veces el IPREM, las unidades familiares con un menor a cargo que dispongan de una renta anual menor o igual a 2 veces el IPREM, así como aquellas que cuenten con dos menores a cargo y que ingresen una renta anual menor o igual a 2,5 veces el IPREM.

Además, los umbrales de renta anteriores se verán incrementados en 0,5 veces el IPREM para las víctimas de violencia de género, víctimas del terrorismo y para aquellos hogares con algún miembro con una discapacidad superior al 33%.

Asimismo, podrán acogerse al bono social, además de todas las familias numerosas, aquellas unidades familiares en las que uno de sus miembros sea pensionista del Sistema de la Seguridad Social por jubilación o incapacidad permanente, percibiendo por ello la cuantía mínima.

LIMITADO EL CONSUMO

Nadal señaló que al final el Gobierno ha considerado "que era mejor" incluir a las familias numerosas, aunque subrayó que el derecho al bono social "va a tener limitado el consumo" y "no se van a financiar lujos". "Un consumo normal de una familia normal. El bono social es para niveles de consumo habituales", dijo.

Nadal subrayó que estos umbrales y categorías de consumidores vulnerables recogen las propuestas de "todos" los partidos políticos que han participado en el desarrollo del borrador de real decreto. "Ha sido bastante cercano a lo que han sido las propuestas", añadió.

CONSUMIDORES VULNERABLES SEVEROS

Por otra parte, se crea una nueva categoría, los consumidores vulnerables severos, para aquellos hogares con rentas inferiores al 50% de los umbrales establecidos para los consumidores vulnerables. Los consumidores vulnerables severos tendrán una mayor protección y se beneficiarán de un descuento del 40% de su factura eléctrica.

Las familias numerosas o los hogares donde todos sus miembros que tengan ingresos sean pensionistas de la Seguridad Social por jubilación o incapacidad permanente, percibiendo la cuantía mínima, serán considerados vulnerables severos si su renta es inferior a 2 veces el IPREM o 1 vez el IPREM respectivamente.

También se crea también la categoría de consumidores en riesgo de exclusión social, que serán aquellos consumidores vulnerables severos que, por sus especiales circunstancias, estén siendo atendidos por los servicios sociales de ayuntamientos o comunidades autónomas.

Estos consumidores serán considerados esenciales y no se les podrá suspender el suministro eléctrico. Esto será financiado por medio de la financiación adicional que liberará el sistema eléctrico (10%) y que complementará la aportación de los servicios sociales (50%) y del propio bono social (40%).

DE 2 A 4 MESES PARA PROCEDER A CORTAR EL SUMINISTRO

Además, en el caso de los consumidores vulnerables y vulnerables severos se amplía de 2 a 4 meses el plazo para que, en caso de impago, una comercializadora pueda proceder a la suspensión del suministro.

Igualmente, se refuerzan las obligaciones de información para los consumidores. Así, en caso de impago y con carácter adicional a los dos requerimientos fehacientes de pago que se venían exigiendo hasta el momento a las comercializadoras, éstas deberán además informar al consumidor en el momento de producirse el impago y nuevamente 15 días antes de proceder al corte de suministro.

Asimismo, las administraciones competentes en materia de política social tendrán un listado actualizado de las suspensiones previstas del suministro eléctrico, para que puedan identificar los casos en riesgo de exclusión que puedan verse afectados y tomar así las acciones necesarias para proteger a estos consumidores y evitar cortes indeseados.

Por otro lado, todas las comercializadoras deberán comunicar a sus clientes la posibilidad de acogerse al PVPC y por tanto de poder solicitar el bono social si cumplen con las condiciones establecidas.

Además, el cambio se realizará sin ninguna penalización o coste adicional. Asimismo, las comercializadoras deberán advertir a los consumidores acogidos al bono social que vayan a suscribir un contrato en el mercado libre, sobre la pérdida del derecho a percibir dicho bono social.