Hipotecas: 5 derechos del consumidor que quizás no conocías

5 Derechos De Los Hipotecarios Que Quizás No Sabías
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Actualizado: viernes, 18 marzo 2016 10:12

MADRID, 18 Mar. (EDIZIONES) -

Los últimos acontecimientos económicos podrían causar revuelo. La conversión de las cifras del euríbor, el índice por el que se rigen la mayoría de las hipotecas, en su tasa negativa por primera vez la historia podría llevar a algunos a animarse a firmar una hipoteca.

El momento es idóneo, eso sí, pero no hay que olvidar que los mercados son volátiles y que la tasa podría acabar volviendo a niveles positivos.

Antes de firmar una hipoteca, como cualquier contrato legal, es importante asegurarse de que se conoce lo que se pacta. Leer la letra pequeña y entender todo aquello que se presenta en ella.

Por ello, antes de que los posibles beneficiarios inicien sus trámites de solicitud hipotecaria, es imprescindible conocer los derechos que tiene el cliente para evitar así cualquier confusión y sus futuras consecuencias.

1.  DERECHO A LA INFORMACIÓN CLARA Y TRANSPARENTE

Antes de firmar cualquier documento, y más si se trata de un compromiso financiero tan importante como es un contrato hipotecario, es imprescindible leer y entender lo que se pacta, según recomiendan desde HelpMyCash.com.

Los usuarios están sujetos al derecho de recibir información precisa y transparente, y por ello ante cualquier duda pueden solicitar al banco que les explique cualquier cosa que no entiendan sobre el contrato y negociar aquella cláusula que no les parezca adecuada.

2. DERECHO A ELEGIR LA COMPAÑÍA TASADORA

Al solicitar una hipoteca, es importante recordar que el cliente tiene derecho, en consenso con la entidad bancaria, a elegir la compañía tasadora de la vivienda.

Además, desde el Banco de España recuerdan que, si es el usuario quien aporta un cálculo del valor certificado por un tasador homologado que siga siendo válido, la entidad no podrá volver a cobrar una nueva evaluación.

3. DERECHO A ESCOGER LOS PRODUCTOS VINCULADOS

Es imprescindible recordar que la contratación a trvés de la entidad financiera de seguros vinculados a la hipoteca no es obligatoria.

Cuando se firma una hipoteca, el banco exige al cliente la contratación de productos vinculados, pero aunque algunas veces vendan como un requisito imprescindible la firma de un seguro de incendios --el único seguro imprescindible a la hora de adquirir una nueva vivienda--, es necesario saber que no estamos obligados a contratarlo con la entidad colaboradora del banco

El cliente podrá contratar su seguro de incendios con la compañía aseguradora que crea conveniente. También estará en su derecho de elegir la modalidad de pago del seguro que crea conveniente, ya sea abonándolo a través de cuotas anuales o en una prima única financiada.

Aún así, hay que tener en cuenta que si el cliente no asume ninguno de estos productos vinculados, el banco puede responder con una subida del interés del tipo de la hipoteca.

4. DERECHO A ELEGIR LA DEUDA QUE SE QUIERE PAGAR ANTES

Dado el caso en el que el usuario atraviese apuros económicos, es importante tener en cuenta que será éste quien decida qué deuda quiere pagar primero al banco.

Si no se puede hacer frente a todos los pagos que se han adquirido, es normal que las entidades bancarias presionen al cliente para que abone en primer lugar la que esté sujeta a un riesgo mayor. Una presión que no responde a obligaciones legales.

En cualquier caso, es el cliente, como consumidor, quien debe decidir cuál es la deuda que prefiere liquidar en primer lugar sin tener que corresponderse con esta con el préstamo más caro.

5. DERECHO A RESIDIR EN LA VIVIENDA DURANTE EL PROCESO DE EJECUCIÓN

Ante una situación de impago de la deuda que desemboque en un desahucio, el cliente tendrá derecho a permanecer en la vivienda hasta el momento de la ejecución hipotecaria. Este proceso podría prolongarse durante más de un año.