La Justicia europea niega a Crédit Agricole y JPMorgan la confidencialidad que pedían en el caso del Euríbor

Publicado: jueves, 25 octubre 2018 18:48

BRUSELAS, 25 Oct. (EUROPA PRESS) -

El presidente del Tribunal General de la Unión Europea (TUE) ha negado este jueves a los bancos Crédit Agricole y JPMorgan Chase la confidencialidad que reclamaban para que no se publicase la decisión de la Comisión Europea por la que se les impuso una multa por participar en un acuerdo ilegal para manipular el Euríbor.

El 7 de diciembre de 2016, Bruselas multó a estas dos entidades y a HSBC con 485 millones de euros por participar en un cártel que influía en los precios de productos derivados de tipos de interés de referencia como el Euríbor.

Crédit Agricole y JPMorgan recurrieron esta decisión ante la Justicia europea y el caso sigue en curso. Pero además iniciaron conversaciones con el Ejecutivo comunitario sobre la información confidencial que no debía figurar en los documentos que se hicieran públicos. Los bancos sostenían que debía ocultarse toda la descripción de su comportamiento e incluso que la Comisión debía renunciar a toda publicación de la decisión.

Bruselas, sin embargo, desestimó las solicitudes de ambas entidades, que posteriormente interpusieron recursos ante el Tribunal General de la UE. En sus autos publicados este jueves, el presidente de esta Corte desestima también sendas demandas de medidas provisionales.

En concreto, afirma "no merece ninguna protección especial el interés de una empresa multada por la Comisión por haber infringido el Derecho de la competencia en que no se divulguen al público los detalles del comportamiento infractor que se le reprocha".

Además, subraya que, a primera vista, "no parece válida" la alegación de los bancos según la cual el principio de presunción de inocencia se opone a toda publicación de una decisión en la que se declara la existencia de una infracción u obliga a ocultar la descripción del comportamiento infractor.

En consecuencia, el presidente del Tribunal General concluye que las solicitudes de confidencialidad presentadas por los bancos "carecen a primera vista de fundamento" y desestima las demandas de medidas provisionales.

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