Novedades y gastos deducibles para los autónomos en la declaración de la renta 2015

Declaración Renta 2015 autónomos
EUROPA PRESS
Actualizado: viernes, 13 mayo 2016 8:44

   MADRID, 13 May. (EDIZIONES) -

   El colectivo de los autónomos también se encuentra en estos momentos inmerso en la campaña de la renta. La declaración de la renta del autónomo suele ser más compleja que la del trabajador asalariado, en parte porque el autónomo no tiene acceso a un borrador calculado por la Agencia Tributaria, sino que tan solo puede obtener sus datos fiscales que, por lo general, suelen estar incompletos.

   Pero es la única diferencia de los autónomos respecto al resto de los trabajadores. Prácticamente todos los autónomos tienen que presentar su declaración de la renta. Solo existe una pequeña excepción: aquellos que hayan obtenido rentas inferiores a 1.000 euros (sumando rendimientos íntegros de trabajo y de capital, actividades económicas y ganancias patrimoniales) y pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros.

   El autónomo debe cumplimentar por sí mismo los datos relativos a su actividad económica, lo que supone una complejidad mucho mayor que la relativa simplicidad de la declaración para aquellas personas con una nómina.

¿QUÉ DOCUMENTOS DEBEN PRESENTAR?

   Lo primero es reunir y organizar toda la información disponible de los ingresos obtenidos, sin olvidar las ganancias externas del tipo arrendamientos o inversiones, además de todos los gastos.

   Lo ideal es tener algún software de facturación a través del cual se hayan ido emitiendo durante el año todas las facturas y se hayan incorporado los gastos. Esto facilitará muchísimo la tarea.

   La Agencia Tributaria no prepara el borrador a los autónomos. Tiene constancia de los ingresos percibidos a través del IVA que abona, pero no conoce los gastos.

   Entre los documentos que precisan los profesionales por cuenta propia para presentar la declaración se encuentran los siguientes:

   - Documentos personales y familiares: DNI propio y documentos acreditativos del resto de la unidad familiar.

   - Certificados fiscales de las entidades financieras: cuentas, hipotecas, planes de pensiones, etc.

- Las declaraciones trimestrales del IVA en donde aparezcan con detalle los gastos e ingresos de la actividad. Lo más normal es que los ingresos de la actividad en la renta encajen con los de las declaraciones del IVA.

   - Distintos ingresos y gastos que se hayan contabilizado durante el año 2015.

9 PUNTOS A TENER EN CUENTA POR LOS AUTÓNOMOS

   Una de las novedades en esta campaña es la reducción del IRPF que se aplicó en julio de 2015, que pasó del 19 al 15%.

   Más allá de ese cambio en las facturas, los autónomos deben conocer los gastos que pueden deducir a la hora de hacer la declaración de la renta. Algunos de estos son:

   1. La oficina o local utilizado para la actividad y los consumos.

   2. Los autónomos que desempeñan su trabajo desde casa pueden deducir en el IRPF los suministros, como el agua, gas, electricidad, etc.

   3. También hay nuevas deducciones para las familias numerosas o aquellos que cuenten con ascendientes o descendientes con algún tipo de discapacidad. Se establecen en 3.000 euros para los casos de discapacidad igual o menor al 33%, mientras que ascenderá a 6.000 euros cuando se precisa de la ayuda de una tercera persona y de 12.000 euros cuando esté por encima del 65%.

   4. Los autónomos también deben comprobar si tienen derecho a deducciones autonómicas, tales como gastos de guardería, colegios privados, aprendizaje de idiomas o adaptación a las nuevas tecnologías. Hay que conocer cuáles se aplica en la comunidad de residencia.

   5. En la declaración de la renta se pueden incluir los gastos corrientes, gastos financieros procedentes de la financiación ajena o pérdidas por deterioro de elementos patrimoniales.

   6. El autónomo puede contabilizar las primas de seguro de enfermedad satisfechas para él, su cónyuge o los hijos menores de 25 años que convivan en el domicilio familiar, con un máximo de 500 euros por persona y año. También las primas de seguro de vida a favor del autónomo, cónyuge o descendiente.

   7. Se pueden incluir en el apartado de ingresos por arrendamientos los gastos vinculados a esos alquileres tales como la amortización, intereses de préstamos para la adquisición de la vivienda, tributos no estatales.

   8. Los autónomos pueden deducirse los gastos de viaje relacionados con su actividad.

   9. Por último, los autónomos también deben tener en cuenta para su declaración el coste que supone contratar los servicios de profesionales como notarios o abogados.