OPA.-Endesa constata en sus alegaciones al Supremo que la OPA de E.ON no podrá cerrarse si se paraliza la de Gas Natural

Actualizado: miércoles, 24 mayo 2006 21:19

((Esta noticia sustituye a la transmitida anteriormente sobre el mismo tema))


BARCELONA, 24 May. (EUROPA PRESS) -

Endesa constataba en sus alegaciones al Tribunal Supremo que si se suspendía el acuerdo de Consejo de Ministros por el que se autorizaba la Oferta Pública de Adquisición de acciones (OPA) de Gas Natural y se paralizaba dicha oferta, el plazo de aceptación de la OPA competidora presentada por E.ON no podrá cerrarse, sino que se prorrogará hasta que se dicte sentencia en dicho recurso contencioso-administrativo, tal y como lo ha dicho la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), según consta en las alegaciones de la eléctrica al Alto Tribunal.

"Si se suspende el acuerdo impugnado y, por ende, la OPA formulada por Gas Natural, ello supondrá que el plazo de aceptación de la OPA competidora presentada por el Grupo E.ON no podrá cerrarse, sino que se prorrogará hasta que se dicte sentencia en el presente recurso contencioso-administrativo. Así lo ha confirmado expresamente la propia CNMV", indica la eléctrica.

En consecuencia, estima que la suspensión del acuerdo del Consejo de Ministros solicitada por la eléctrica "no supondrá ningún tipo de perjuicio para Gas Natural, cuya OPA podrá competir con la de E.ON (y otras OPAs competidoras que se puedan formular) cuando concluya este recurso (si lo hace, claro es, con una sentencia desestimatoria), puesto que en el ínterin ni E.ON ni ninguna otra empresa competidora podrá haber adquirido el control de Endesa", subraya.

Igualmente, considera que la suspensión de la decisión del Gobierno "no supondrá, en consecuencia, un beneficio para E.ON (ni para ningún otro posible competidor)".

La eléctrica que preside Manuel Pizarro afirma que la decisión de suspender el acuerdo del Gobierno "permitirá que no se piedrda la finalidad legítima" del recurso y protegerá "adecuadamente" los múltiples intereses indentificados en el escrito de interposición del mismo, que se verán "irreversible y gravemente perjudicados" como consecuencia de la ejecutividad del acuerdo impugnado, incluidos los de los accionistas de Endesa, "quienes, en el supuesto de acordarse la suspensión, podrán elegir, en su caso y en su día, entre las ofertas de Gas Natural y de E.ON".