El TDC certifica que Repsol YPF ha cumplido su mandato para no fijar los precios en gasolineras

Actualizado: sábado, 22 julio 2006 0:30


MADRID, 21 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) ha dictado una resolución de ejecución de Sentencia con la que certifica que Repsol YPF ha cumplido la resolución que se le impuso en julio de 2001 por la que, junto a una multa de 3 millones de euros, instaba a la petrolera a cesar de fijar precios en las estaciones de servicios con las que estaba vinculada.

Fuentes de la petrolera manifestaron a Europa Press su "satisfacción" por esta resolución del TDC que, según aseguraron, les viene a dar la razón sobre el cumplimiento de la resolución original.

La resolución de 2001 declaraba que Repsol YPF había infringido el artículo 1.1 de la Ley de Defensa de la Competencia al fijar los precios de venta al público de los combustibles a los distribuidores que actuaban bajo una serie de contratos analizados en ese expediente.

El Tribunal impuso entonces a Repsol una multa de tres millones de euros y le intimó a cesar de fijar de los precios en las relaciones con las estaciones de servicio con las que se encontraba vinculada por contratos de esas características.

Tras dictar esta resolución, el TDC tuvo noticia del Servicio de Defensa de la Competencia (SDC) de que la petrolera abonó la multa en febrero de 2002, pero "no constaba que hubiera cumplido la parte relativa a la fijación de precios".

Por ello, el Tribunal dictó una nueva resolución el pasado mes de abril de este año en la que intimaba a Repsol a ejecutar la resolución de 2001 en lo relativo a la fijación de precios, advirtiendo a la petrolera de que si en el plazo de dos meses no justificaba ante el SDC dicho cumplimiento, se le impondría una multa coercitiva de 3.000 euros diarios.

No obstante, el TDC aseguró hoy que el pasado 26 de junio el SDC remitió un informe al tribunal en el que señala que, a su juicio, Repsol YPF "ha cumplido la resolución de 2001 en sus propios términos y que, por tanto, no procede la imposición de la multa coercitiva anunciada".

Tras analizar el informe de Competencia y el resto de la documentación del expediente, la institución que preside Luis Berenguer ha considerado, al igual que el Servicio, que Repsol "ha cumplido la resolución de 2001 en sus propios términos y que, por tanto, no procede la imposición de la multa coercitiva".

En todo caso, el Tribunal recuerda que la resolución ahora adoptada no es óbice para que de las investigaciones que actualmente realizar el SDC pueda concluirse que, a pesar de las modificaciones formales de las condiciones contractuales efectuadas por la compañía, sigue fijando de hecho los precios de venta al público a las estaciones de servicio con las que se encuentra vinculado mediante contratos de reventa. Esta circunstancia daría lugar a un nuevo expediente sancionador.