El Tribunal de Luxemburgo celebrará el jueves la vista sobre la OPA de Gas Natural sobre Endesa

Actualizado: domingo, 5 marzo 2006 15:11


BRUSELAS, 5 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal de Primera Instancia de la Unión Europea (TUE) celebrará el próximo jueves 9 de marzo, a las 9.30 horas, la vista sobre el recurso presentado por Endesa para que la Justicia comunitaria anule la decisión de la Comisión de dejar en manos de las autoridades españolas el examen de la oferta pública de adquisición (OPA) de Gas Natural por considerar que la operación no tiene dimensión comunitaria.

El presidente del Tribunal, Bo Vesterdorf, desestimó el pasado 1 de febrero la petición de la eléctrica de paralizar cautelarmente la OPA hasta que se dicte la sentencia definitiva, al considerar que no se había demostrado la existencia de un daño irreparable. El Tribunal había indicado a las partes que podría hacer pública su sentencia antes de mediados de junio, fecha en que Gas Natural tenía previsto adquirir el control efectivo de Endesa. Ahora la operación está en el aire por la contraoferta realizada por la eléctrica alemana E.ON.

El recurso de anulación de Endesa contra la Comisión apunta como cuestión preliminar que existen múltiples vicios de procedimiento, como la falta de transparencia en la tramitación y la consiguiente violación de sus derechos a la defensa. Asimismo, se alega que el Ejecutivo comunitario debería haber solicitado la suspensión de la tramitación de la OPA en España mientras decidía si la operación tenía o no dimensión comunitaria. El hecho de no hacerlo supone, según la eléctrica, un grave vacío procesal.

En cuanto a los argumentos de fondo, el recurso plantea la violación de varios artículos del reglamento de fusiones y la existencia de errores de apreciación. La decisión del Ejecutivo comunitario del 15 de noviembre de remitir el expediente de la OPA a España vulnera, en opinión de la demandante, las normas de jurisdicción establecidas en el reglamento de concentraciones, al intentar revertir sobre Endesa la carga de la prueba sobre la definición de la dimensión comunitaria.

Los servicios jurídicos de Endesa mantienen el criterio de que la operación tiene una dimensión comunitaria, de acuerdo con las cifras de facturación calculadas conforme a las nuevas normas internacionales de contabilidad (NIC).

Endesa sostiene que lo importante es ver sus cuentas a 5 de septiembre de 2005, cuando Gas Natural anunció su OPA. En esa fecha, y con arreglo a las NIC, su facturación en España no llega al 64 por ciento del total, un porcentaje inferior a dos tercios (66,6) establecidos por la normativa europea, con lo que la operación sería comunitaria. La eléctrica sostiene que, al no tomar en consideración estas cuentas, la Comisión vulnera el reglamento de concentraciones, se aparta de su práctica habitual y entra en conflicto con sus propias directrices definidas en una comunicación sobre el cálculo de volúmenes de negocio.

Endesa asegura que varios de los ajustes contables que propuso a la Comisión respecto a sus cuentas auditadas obedecen a la estricta aplicación de los criterios contables comunitarios vigentes. En todo caso, considera que Bruselas debió aceptarlos todos porque respondían al objetivo de determinar el valor económico real de las empresas objeto de la concentración.

Por último, Endesa señala que la decisión de remitir el expediente a España, al delimitar incorrectamente las competencias exclusivas de la Comisión, infringe el principio de seguridad jurídica y es contraria a la aplicación uniforme del reglamento de concentraciones.