UGT celebra la sentencia de Glovo que marca un camino hacia el reconocimiento laboral de los repartidores

Un rider de la empresa de reparto de comida a domicilio Glovo, pasea por una calle de Madrid con su bicicleta.
Un rider de la empresa de reparto de comida a domicilio Glovo, pasea por una calle de Madrid con su bicicleta. - Eduardo Parra - Europa Press - Archivo
Publicado: viernes, 29 noviembre 2019 18:17

MADRID, 29 Nov. (EUROPA PRESS) -

UGT ha celebrado que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid haya revocado la resolución de un juzgado de lo Social de Madrid que estableció que la relación de un repartidor con la empresa Glovo era propia de trabajador autónomo y que existe una relación laboral ordinaria o común algo que desde el sindicato creen que marca "un camino hacia el reconocimiento laboral de todos los repartidores".

Así lo recoge la sentencia de la Sala de lo Social del TSJM para declarar improcedente el despido de este 'ryder' una vez que su relación laboral no es de autónomo y decreta que se le readmite "inmediatamente" a su puesto de trabajo en las mismas condiciones que tenía, pero con un contrato de trabajo ordinario, o bien le indemnice en la suma de 2.416,70 euros.

"Entendemos que esta sentencia, aprobada por la mayoría del Pleno del Tribunal Superior de Justicia en el día de hoy, marca un camino hacia el reconocimiento de la relación laboral de todos los repartidores de plataformas digitales. Esta sentencia echa por tierra la idea de que una persona con un móvil y una bicicleta, que está obligado a cumplir todas las ordenes de esta plataforma, pueda ser un emprendedor-empresario. Esta situación no debe alargarse", han sostenido en un comunicado desde UGT.

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