Condenan a cuatro directivos por plagiar bases de datos de su antigua empresa para crear una nueva firma

Publicado: miércoles, 15 febrero 2017 13:32

Tras cerca de once años de pleitos, el Supremo da la razón a CT Ingenieros, a la que tendrán que indemnizar con unos 175.000 euros

MADRID, 15 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo ha dado la razón a CT Ingenieros y ha condenado a cuatro exdirectivos de sus filiales vascas por plagiar bases de datos y archivos y contratar a empleados de su antigua empresa para crear otra nueva, RDT Ingenieros, con el mismo modelo de negocio.

En la sentencia, el Alto Tribunal declara firme el fallo de la Audiencia Provincial de Vizcaya y condena a los directivos a indemnizar a Cadtech y CT Ingenieros con 104.697,22 euros en concepto de daño emergente y unos 72.000 euros por dedicación horaria a gestionar la puesta en funcionamiento de la nueva empresa, copiado de archivos, extracción y explotación de bases de datos y archivos internos y por pérdida de contratos.

Según explica el grupo CT Ingenieros, en septiembre de 2006 los cuatro máximos directivos de la oficina de Bilbao de Cadtech y CT Ingenieros abandonaron "sorpresivamente" la empresa para operar, días después, a través de la nueva empresa que habían creado, RDT Ingenieros, ofreciendo los mismos productos y servicios de su antigua empresa e incluso "ya hacía entregas a los que habían sido sus clientes".

Asimismo, en apenas tres días causaron baja siete empleados más y en pocas semanas hasta treinta y dos, de modo que, durante el año siguiente, la mayoría de los empleados de RDT Ingenieros provenían de CT, según explica el grupo de ingeniería.

Tras comenzar un largo proceso judicial por la vía penal y mercantil, la Justicia ha resuelto que las pruebas aportadas por CT demostraban que el antiguo director de la oficina de Bilbao y actual director general de RDT Ingenieros, en horas de trabajo y utilizando medios de CT, realizó los preparativos para la puesta en funcionamiento de una estructura empresarial que le permitió llevar a cabo la misma actividad que realizaba su antigua empresa y con el mismo esquema de negocio.

Durante los meses anteriores a los hechos, según explica CT, esos cuatro directivos realizaron copiados "masivos" de programas y bases datos con información de las empresas de CT, tanto en horas de trabajo como en días de descanso.

Tras ocho años de litigios, la Audiencia Provincial de Vizcaya dictó sentencia, confirmada por el Tribunal Supremo, en la que declara que dichos directivos violaron secretos empresariales y realizaron conductas contrarias a la buena fe, lo que permitió a RDT Ingenieros que pudiese iniciar su actividad empresarial de forma inmediata.

"Declaramos que los demandados han realizado conductas contrarias a la buena fe aprovechando los medios materiales de las actoras para la preparación de la nueva empresa que pudo entrar en funcionamiento de forma inmediata, dándose de baja de manera simultánea en la misma sin previo aviso y contactando con empresas clientes de las actoras mientras prestaban servicios en aquella", señala la sentencia.

"Pienso sinceramente que empresas creadas mediante comportamientos del tipo que describe la sentencia no deben ser ejemplo a seguir por futuros emprendedores, ni deben ser aplaudidas por la sociedad. Además siento gran frustración por la lentitud de la Justicia, la indefensión del empresario ante delitos informáticos que conllevan la sustracción de información empresarial y la imposible reparación del daño causado tras tanto tiempo", ha declarado el presidente de CT Ingenieros, Jesús Prieto.

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