Finaliza el plazo de ayudas a la contratación en prácticas de jóvenes desempleados en empresas vascas en el exterior

Actualizado: domingo, 28 septiembre 2014 18:44

Los contratados deben tener 34 años o menos y no haber pasado más de 5 años desde que obtuvieron su certificado de estudios

BILBAO, 28 Sep. (EUROPA PRESS) -

El Servicio Vasco de Empleo cerrará el próximo martes, día 30, el plazo de solicitud de ayudas a la contratación en prácticas de jóvenes desempleados en empresas vascas en el exterior, dotadas con 3.050.000 euros, según datos de Lanbide, recogidos por Europa Press.

El objeto este programa es establecer las bases y regular las ayudas destinadas a la contratación en prácticas de jóvenes en situación de desempleo y sin previa o escasa experiencia laboral, en empleos relacionados con su titulación, por empresas vascas, como medida para favorecer la adquisición de experiencia profesional y consolidar la inserción laboral de estas personas.

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las empresas privadas o público-privadas radicadas en Euskadi, que cuenten con centros de trabajo, empresas participadas o empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial ubicadas en el exterior, así como empresas que cuenten con acuerdos de colaboración o contratos de prestación de servicios con empresas ubicadas en el exterior, así como aquéllas que se hallen en procesos de implantación en el exterior, debidamente justificados.

La convocatoria se dirige a la contratación de personas de edad igual o inferior a 34 años, que residan en la Comunidad Autónoma Vasca y estén desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Se entenderán incluidas aquellas personas demandantes de empleo que estén contratadas en otra empresa mediante contratos temporales con jornada igual o inferior al 33%, siempre que desempeñen puestos de trabajo, de al menos, dos niveles por debajo de su cualificación.

TITULACIONES

Los aspirantes deberán estar en posesión de alguna de las titulaciones: Grupo 1 (Licenciado o Grado Universitario, Ingeniero, Arquitecto, Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico); Grupo 2 (Técnico Superior o Medio de Formación Profesional reglada, de la formación profesional específica, siendo equivalentes a los anteriores los títulos de Técnico Auxiliar FP1 y Técnico Especialista FP2), así como otras titulaciones oficialmente reconocidas como equivalentes a las anteriores.

Otro requisito es poseer el certificado de profesionalidad y no haber transcurrido más de cinco años desde la terminación de los correspondientes estudios o desde la convalidación de los estudios en España, tratándose de títulos obtenidos en el extranjero, o siete años cuando el contrato se concierte con un trabajador con discapacidad.

Esta limitación no será de aplicación en el caso de contratos en prácticas que se formalicen con personas jóvenes menores de 30 años, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 del Real Decreto Ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo.

Los jóvenes deberán contar con las competencias lingüísticas necesarias para el correcto desempeño de su trabajo en el centro de trabajo del país de destino, especificadas por la empresa, que acreditarán mediante título o prueba de nivel. Tampoco podrán tener una experiencia laboral previa superior a 6 meses en puestos de trabajo pertenecientes al mismo grupo de cotización que el puesto que se vaya a desempeñar.

IMPORTE SUBVENCIONADO

La cuantía final de la subvención no podrá superar el coste efectivo de cada contratación realizada, teniendo en cuenta costes salariales y de Seguridad Social de las personas contratadas. En caso contrario, la subvención se reducirá hasta el citado coste efectivo.

Se dará un máximo de 350 euros en concepto de dietas de alojamiento y manutención de las personas jóvenes contratadas, abonadas por la empresa al margen de las establecidas en el convenio de aplicación, devengadas durante el período objeto de subvención y destinados a la cobertura de estos gastos durante los meses que la persona joven resida en el extranjero en el periodo subvencionado.

La cuantía máxima subvencionable para los gastos derivados de la gestión y obtención del visado o autorización administrativa correspondiente, así como para la contratación de un seguro médico complementario, será de 450 euros por persona contratada.