Economía/Transporte.- Los Veinticinco acuerdan el límite de contratos de concesión directa en transportes públicos

Actualizado: viernes, 9 junio 2006 18:30

Se otorgarán sin concurso servicios de hasta 1,7 millones al año y durante 15 años para ferrocarril y 10 para autobuses


LUXEMBURGO, 9 Jun. (EUROPA PRESS) -

Los Veinticinco acordaron establecer las normas por las que las administraciones públicas podrán otorgar de manera directa y sin concesión contratos públicos para los servicios públicos de transporte ferroviarios y de carreteras, con lo que lograron renovar un reglamento cuyas negociaciones permanecían encalladas desde hace seis años.

La votación final contó solamente con la abstención de la República Checa, Luxemburgo, Grecia y Malta, a pesar de que Alemania fue el país que más dificultades puso durante toda la negociación y a la que la versión aprobada otorgó más concesiones.

El texto aprobado permitirá una mayor seguridad jurídica gracias a la transparencia que procurará el hecho de que las condiciones de contratación deberán publicitarse por escrito y sus criterios se armonizan en toda la UE. Sin embargo, fue en la adjudicación de contratos de forma directa, sin convocar un concurso, el aspecto que provocó más dificultades para lograr el acuerdo.

Los puntos más polémicos a este respecto fueron la fijación de un umbral máximo para permitir la contratación directa, el periodo de duración de los contratos o los periodos establecidos para la transposición del reglamento.

Después de la votación, la ministra de Fomento, Magdalena Álvarez, se mostró "muy satisfecha" de manera "global" porque, dijo, "es un gran paso adelante" para "dar más seguridad jurídica" porque regula las condiciones de los contratos. Admitió, sin embargo, que España tuvo que hacer concesiones en algunos aspectos, de la misma manera que el resto de Estados miembros, ya que el acuerdo no colmó completamente las expectativas de ninguno de ellos.

Este reglamento sustituirá al que está en vigor actualmente desde hace 35 años, que está "totalmente inadaptado" y que provoca "inseguridad jurídica en los operadores", dijo el comisario de Transportes, Jacques Barrot, al inicio de la negociación de este viernes.

Según la propuesta de la Comisión Europea, el objetivo del reglamento es "garantizar unos servicios de transporte de pasajeros seguros, eficientes y de alta calidad por medio de una competencia regulada que garantice también la transparencia y el rendimiento de los servicios públicos de pasajeros".

GRADO DE LIBERALIZACIÓN

En términos generales, el debate dejó claras las posturas de aquellos países con un mayor grado de liberalización en sus servicios públicos, que reclamaban que la posibilidad de otorgar contratos directos sin licitación fuera lo más reducida posible en aras de la competencia, y aquellos donde la liberalización es menor, que apostaban por ampliar los márgenes en los que se permitirá la contratación por designación directa.

La contradicción la planteó Alemania, cuyo ministro de Transportes, Wolfgang Tiefensee, empezó su intervención en el debate de esta mañana aludiendo al alto grado de liberalización en los servicios ferroviarios y de transporte por carretera que existe en su país, donde "la competencia no es nada nuevo".

No obstante, acto seguido cifró en unas 4.000 el número de pequeñas y medianas empresas que podrían verse afectadas por la determinación de límite máximo hasta el cual se permiten los contratos directos y que hizo que Alemania fuera uno de los Estado miembros que exigieron un mayor margen.

En el otro extremo, por ejemplo, se situó el Reino Unido, cuyo ministro, Stephen Ladyman, indicó que su país tienen un mayor grado de liberalización que en otros países de la UE y alertó sobre una excesiva permisividad por lo que respecta a los contratos directos porque "gran parte del transporte estará sin competencia". Por eso, pidió más transparencia y una "justificación clara de por qué se hace una adjudicación directa".

Finalmente, los Veinticinco acordaron que las autoridades locales podrán adjudicar de manera directa y sin licitación los servicios ferroviarios y de carretera, "excepto para servicios que sean operados principalmente por su interés histórico o su valor turístico".

Esta concesión directa se dará para contratos valorados en menos de un millón de euros al año o que supongan menos de 300.000 kilómetros de transporte anualmente. Sin embargo, cuando se trate de un operador considerado en la categoría de pequeña y mediana empresa con un máximo de 20 vehículos, el límite se ampliará hasta un tope de 500.000 kilómetros o 1,7 millones de euros.

España se mostró desde el principio de acuerdo con la primera propuesta de la Comisión, consistente en un solo techo de 300.000 kilómetros, aunque se sumó a la propuesta de 500.000, que también podrá beneficiar a las PYMES españolas.

DURACIÓN DE CONTRATOS

Por lo que respecta a la duración de los contratos, el texto del acuerdo la fija en 15 años para el servicio de ferrocarril y 10 para el de autobuses, con la especificidad de que las regiones ultraperiféricas como Canarias tendrán 15 años también para los contratos de autobuses.

La ministra indicó que la duración de estos contratos en España ya es de 15 años, por lo que el nuevo reglamento no introducirá ningún cambio y tampoco afectará a los contratos vigentes.

El acuerdo eleva a tres años el periodo máximo para que los Estados miembros incorporen esta nueva normativa, frente a los dos años que defendían delegaciones como España. De la misma manera, tampoco responde a la petición que hizo Álvarez de no postergar demasiado el periodo de transición para dar entrada cuanto antes a la aplicación plena del nuevo reglamento. La ministra propuso un máximo de ocho años, pero el acuerdo lo fijó finalmente en 12.