Actualizado 20/12/2013 15:29

AV.- El aborto se despenaliza ante riesgo para "la vida o salud física o psíquica de la mujer" y en caso de violación


MADRID, 20 Dic. (EUROPA PRESS) -

El ministro de Justicia, Alberto Ruíz Gallardón, ha detallado este viernes que el anteproyecto de Ley de Protección de la Vida del Concebido y los Derechos de la embarazada establece dos supuestos de despenalización del aborto: que sea "necesario" por existir "grave peligro para la vida o salud física o psíquica de la mujer" o que el embarazo sea resultado de un delito contra su indemnidad sexual, siempre que se produzca en las doce primeras semanas y el hecho haya sido denunciado.

Según ha avanzado en rueda de prensa al término del Consejo de Ministros en el que se ha aprobado la iniciativa, en ambos supuestos habrá determinadas condiciones: que el aborto sea "necesario porque el conflicto suscitado no pueda solucionarse desde el punto de vista médico de ninguna otra forma" y que no hacerlo vaya a suponer "un menoscabo duradero" para la salud de la mujer, entre otras.

En cuanto a la existencia de problemas fetales, Gallardón sólo ha concretado que en caso de que "exista riesgo psíquico para la mujer" por la existencia de anomalías fetales "incompatibles con la vida", se requerirán dos informes: uno sobre el riesgo de daño para ella y otro sobre el estado del feto, en el que "quede probada" dicha incompatibilidad con la vida.

Leer más acerca de: