Actualizado 02/04/2013 16:51

Expertos en mediación matrimonial no consideran que deba cambiarse la ley de régimen de visitas de menores

Admiten que si existe un informe psicológico de los juzgados que acredite peligro, "debe suspenderse"


MÁLAGA, 2 Abr. (EUROPA PRESS) -

Expertos en mediación matrimonial han asegurado este martes que no consideran que, por un caso puntual, se deba cambiar la legislación vigente con respecto al régimen de visitas de los hijos, tras el suceso de Campillos (Málaga). Han admitido, no obstante, que "de haber un informe psicológico del juzgado que acredite peligro, debe suspenderse ese régimen".

El experto en mediación matrimonial del despacho de abogados Martínez-Echevarría, Agustín Azperren, ha asegurado que "no conviene legislar en caliente por un caso puntual". "Son casos muy concretos y no se pueden prever todas las posibilidades", ha indicado.

Azperren ha señalado a Europa Press que "si el juzgado emite un informe psicológico que acredite peligrosidad, puede suspenderse el régimen de visitas". "Por causas graves que puedan afectar a los menores se puede suspender un régimen de visitas", ha subrayado.

Además, ha apuntado que "el juez se tiene que basar en los informes de los técnicos --psicosociales-- para tomar decisiones, ya que son ellos los que le pueden decir si hay riesgo para la integridad de los menores".

"Puede haber personas que tengan un régimen de alejamiento con respecto a la mujer, pero después con los hijos pueden llevar perfectamente la custodia", ha manifestado Azperren.

En el caso de Campillos, el padre tenía una condena de seis meses de prisión del mes de diciembre pasado por violencia de género contra su expareja, aunque estaba suspendida, y había una prohibición de acercamiento y comunicación hacia la mujer durante dos años, pero no respecto a la menor de seis años.