Actualizado 10/12/2010 20:23

Absuelto de violencia de género porque no se propuso como testigos en el juicio a la mujer ni a las hijas

SANTANDER, 10 Dic. (EUROPA PRESS) -

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria ha absuelto de un delito de violencia de género a un hombre al que un juzgado condenó a nueve meses y un día de prisión porque supuestamente agredió a su esposa.

La Audiencia ha decidido absolverle porque la condena se sustentó en las declaraciones de los agentes de policía que acudieron a la vivienda, pero sin embargo, no comparecieron en el juicio ni fueron propuestas para corroborar las acusaciones la mujer y sus dos hijas de 12 y 13 años, que presenciaron los hechos.

Según se explica en una sentencia conocida este viernes, las condenas se tienen que sustentar en pruebas directas practicadas en el juicio.

Por eso, no basta con la declaración de unos agentes que hablan de lo sucedido no por su conocimiento directo de lo ocurrido, sino por las explicaciones que recibieron en su día de la mujer, de una de sus hijas y del propio acusado.

Tampoco puede utilizarse para la condena el hecho de que el hombre reconociera los hechos ante los policías cuando llegaron a la vivienda, ya que todavía no le habían arrestado ni leído sus derechos. En cambio, en el juicio negó los hechos.

Y lo mismo ocurre con el testimonio de la mujer cuando llegó la policía a la casa, que no sirve como prueba para condenarle, ya que no se trata de una declaración en presencia judicial. En consecuencia, la Audiencia revoca la condena y absuelve al hombre.