Actualizado 15/01/2013 15:43

El condenado por el 'caso Vanessa' continuará en prisión preventiva después de que el TSJ desestime el recurso

Acusado caso Vanesa
EUROPA PRESS

LOGROÑO, 15 Ene. (EUROPA PRESS) -

El condenado por asesinato en el 'Caso Vanessa', Borja M., al que un tribunal popular consideró culpable de la muerte de su exmujer, continuará en prisión provisional, después de que el Tribunal Superior de Justicia haya desestimado el recurso presentado por su abogado.

Tal y como ha podido saber Europa Press, la sala ha desestimado el recurso contra el auto de 30 de noviembre de 2012, dictado por la Audiencia Provincial, y que le condenaba, además, a veinte años de prisión.

Borja ingresó en prisión en el mismo momento en que se leyó la sentencia, dado que, aunque ésta ha sido recurrida por la defensa, se decretó prisión provisional hasta el momento en que sea firme.

Ya el pasado día 11, el Tribunal Superior de Justicia, con su presidente, Ignacio Espinosa, escuchó, en vista oral pública, las razones por las que la defensa del condenado creía que éste debía estar en libertad mientras la sentencia no fuese firme.

El abogado de Borja M. consideró que su ingreso en prisión preventiva era "un acto de crueldad". Las partes que representan la acusación coincidieron en la gravedad de los hechos que se han considerado probados, el asesinato, y la pena, de veinte años, como motivos suficientes para el ingreso en prisión de forma preventiva.

Ahora, en el auto del TSJ, dado a conocer hoy, el tribunal se refiere a la "existencia de riesgo de fuga" del condenado, atendiendo a los motivos expuestos por las acusaciones.

El Tribunal reconoce que es cierto que, hasta el momento en que se celebró el juicio, el ahora condenado cumplió los requisitos de su libertad condicional. Pero entiende "que la gravedad o intensidad del riesgo de fuga ha de ponderarse cuidadosamente en función de todas las circunstancias".

Entre estas circunstancias "destaca de manera relevante el dato de que, finalmente, quedó disipada la expectativa de un veredicto absolutorio".

También entiende que no compete a este tribunal determinar si existieron pruebas directas para condenar al acusado, dado que este aspecto será objeto del recurso que, también, ha presentado la defensa porque continúa defendiendo su inocencia.

"Ponderando, así, tanto el interés del condenado de no sufrir una restricción de su libertad sin una sentencia condenatoria firme, como el interés general de asegurar el cumplimiento de la condena en caso de confirmarse (...) lo procedente, en este momento de la tramitación del proceso, es el mantenimiento por ahora de la prisión preventiva", explica el auto.

Además, considera que "tampoco se ha acreditado que ese patente riesgo de fuga pueda quedar enervado por la situación económica, personal o familiar del apelante".