Actualizado 04/03/2013 19:38

La Audiencia de Castellón confirma 9 meses de cárcel para un hombre acusado de agredir a su mujer delante de sus hijos

CASTELLÓN, 4 Mar. (EUROPA PRESS) -

La sección segunda de la Audiencia de Castellón ha confirmado una sentencia del Juzgado de lo Penal que condenó a un hombre a cumplir nueve meses de cárcel, privación del derecho de llevar armas por dos años y prohibición de acercarse durante dos años por agredir a su mujer en presencia de sus hijos.

El juzgado consideró probado que el 15 de mayo de 2010, el acusado, sobre las 21.30 horas, estando su esposa y sus hijos en la casa, tras una discusión le propinó un empujón, le estiró del pelo y le dio diversos puñetazos.

El condenado G.C.U. recurrió con el argumento de que él, su ya exmujer y su hijo se negaron a declarar en la vista por lo que no podían llevarse sus declaraciones de instrucción en el juicio oral. El condenado reconoció que hubo una pelea aunque alegó que no revistió los presupuestos de un ilícito penal sino que consistió en "tensiones previas a una ruptura".

Así, añadía que después del divorcio, las relaciones eran buenas y que cumplir la orden de alejamiento sería perjudicial para todos, especialmente para el hijo menor.

La sala, tras valorar los hechos y la prueba practicada en el juicio así como la grabación realizada, llega a la misma conclusión de condena que el juzgador de primera instancia, ya que, "de sus correctos razonamientos y de su motivación y argumentación, no se aprecia ni manifiesto eeror en la apreciación de la prueba ni exactitud" o que el relato sea "oscuro, impreciso, dubitativo, inintelogible, incompleto, incongruente o contradictorio".

Según el tribunal, es cierto que en este procedimiento no hay prueba "directa" de los hechos ya que no declararon en la vista y su declaración se introdujo en el pleno con su lectura. No obstante, señala que se cuenta con la declaración de la agente que recogió la denuncia del hijo, que relató el hecho y aseguró que no era la primera vez que se producían estos hechos en la casa.

QUEMADURA DE UNA PLANCHA

Asimismo, el médico forense ratificó en su informe que la víctima le contó malos tratos continuos en los 18 años de matrimonio, que se extendían al hijo de 14 años. Asimismo, relató lesiones compatibles con la agresión relatada por la víctima y le vio una "compatible" con la quemadura de una plancha.

Igualmente, una doctora se ratificó en el juicio en los cuatro informes que realizó, basados en entrevistas personales y pruebas. La víctima, según la doctora, le relató agresiones físicas y le comentó algunas como la de la plancha. Al respecto, la sala entiene que hubo prueba de cargo suficiente cmo para entender desvirtuado el principio de presunción de inocencia.