Actualizado 22/06/2010 17:50

Diez años y medio de prisión por violar, acosar y amenazar a su mujer, de la que se estaba separando

La sentencia asegura que sometía a la mujer a un "acoso continuo", llegando a convertirse en su "sombra" y a "jactarse" de lo ocurrido


SANTANDER, 22 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a diez años, seis meses y un día de prisión a un hombre acusado de violar, acosar y amenazar de muerte a su mujer, de la que se estaba separando y con la que tenía dos hijos.

Según se explica en la sentencia, fechada el pasado 10 de junio y conocida hoy, los hechos sucedieron a partir de julio del año 2006, cuando la pareja decidió separarse y la mujer se fue a vivir a casa de sus padres con su hija menor de edad.

A partir de ese momento, y aprovechando los momentos en que acudía a buscar o a entregar a la niña, el acusado, J.C.M.S., "manoseaba" a su mujer, que a pesar del "miedo" y del "desagrado" que le generaba llegó incluso a consentir en algún momento mantener relaciones sexuales para "no tensar" la situación.

Sin embargo, en enero de 2007 le dejó claro al acusado que no iba a seguir consintiendo las relaciones y, entonces, J.C.M.S. inició "una labor de acoso continuo", tanto personal como telefónico, llegando a seguirla en numerosas ocasiones y "convirtiéndose en la sombra de la víctima".

En esas circunstancias, el 8 de mayo de 2007, cuando la mujer accedió al portal de sus padres, su marido entró detrás de ella, la zarandeó y la obligó a bajar por la escalera de acceso al garaje. Allí, en un rellano, la violó, tras lo cual, le pidió perdón y se marchó. La mujer, avergonzada y por miedo a represalias, no contó lo ocurrido a nadie ni lo denunció.

En los días siguientes el acusado siguió acosándola y llamándola por teléfono "jactándose de lo ocurrido". Además, aprovechaba de nuevo los encuentros para la entrega de la niña para "sobarla", y también continuó el acoso telefónico, llegando a realizar hasta 144 llamadas en un mismo día "para importunarla y desasosegarla".

La situación continuó así hasta que el 12 de septiembre de 2007 llamó por teléfono y amenazó a su mujer, que "se hartó definitivamente" y denunció ante la Policía los insultos y la violación. El propio acusado se presentó también en Comisaría para denunciar a su mujer afirmando que no le dejaba ver a su hija.

Después, el hombre regresó a su casa y llamó a su hijo (que convivía con él tras la separación) para que fuera a la vivienda, y al negarse, amenazó con matarles a todos, incluidos a los abuelos.

Acto seguido acudió con un palo a la vivienda de sus suegros, llamó al telefonillo y volvió a amenazarles de muerte a todos, amenazas que repitió incluso cuando la Policía se presentó allí alertada por sus suegros. Desde ese día el acusado ha permanecido en prisión provisional.

CONDENA

Ahora, la Audiencia Provincial le condena por un delito de violación con la agravante de parentesco, pero también por un delito de violencia psíquica habitual, otro de violencia de género (por amenazas leves) y una falta de injurias.

Por todo ello, le impone una condena de diez años, seis meses y un día de prisión, y otros cinco días de localización permanente. Además, le prohíbe comunicarse con su ex mujer (de la que ya está divorciado) o acercarse a menos de 300 metros de ella, su trabajo o su vivienda durante casi 20 años.

Del mismo modo, le prohíbe tener o portar armas por un plazo de tres años, dos meses y un día, y le condena a indemnizar a la mujer con 6.000 euros por los daños morales.

TESTIMONIO CONVINCENTE DE LA MUJER

Para dictar su sentencia, la sala ha tenido en cuenta como prueba de cargo el testimonio de la mujer, a pesar de que no denunció los hechos hasta septiembre de 2007 y no hubo testigos de algunos de los delitos denunciados.

Pero a su juicio, el testimonio de la víctima ha sido "firme, convincente, creíble y de todo punto verosímil", porque incluso reconoce que el acusado "quiere a sus hijos" y dice que durante el matrimonio no le puso la mano encima agresivamente hasta el momento de la violación. Según explica, la mujer "no ha cargado las tintas", no ha "magnificado" los aspectos negativos ni perseguía ninguna ganancia en el proceso de separación.

Además, ha declarado "siempre lo mismo, sin contradicciones ni fisuras". "Y cuando eso ocurre, generalmente es porque lo que se dice es cierto y ha ocurrido de esa manera. De otro modo, si la versión fuera fabulada o inventada, el paso del tiempo haría que afloraran las incongruencias o las contradicciones", señala la sentencia.

RECONOCIMIENTO DEL ACUSADO

En cambio, la Audiencia cuestiona el testimonio del acusado que, "en gran medida, viene a reconocer al menos el delito de violación, bien de forma expresa, bien tácita".

Así, la sala explica que en su declaración ante el juez durante la instrucción del proceso reconoció haber tenido relaciones sexuales "contra la voluntad" de su mujer en la escalera de un garaje, y después en fases sucesivas del procedimiento comenzó a desdecirse hasta terminar negando la violación y hablar de relación consentida.

Sin embargo, resalta el hombre afirma que pidió perdón a su mujer tras esa relación, lo cual lleva a pensar que no fue consentida. "Quien mantiene una relación sexual con una mujer y luego tiene que pedir perdón, o es porque piensa que puede haberla decepcionado, o es porque está reconociendo tácitamente que la relación ha sido forzada, y creemos que estamos en este segundo caso", subraya la sentencia.

La Audiencia aprecia en este delito la agravante del parentesco porque, aunque estuvieran separados de hecho, aún era su esposa. En cambio, no acepta las agravantes de abuso de superioridad y aprovechamiento de las circunstancias de lugar y tiempo, como reclamaba la acusación particular.

Tampoco acepta la atenuante de dilaciones indebidas, que pedía la defensa, porque "en ningún momento se ha paralizado el procedimiento" y "no ha habido ninguna dilación, y mucho menos indebida".