Actualizado 26/01/2010 19:09

El TSJA mantiene 12 años de cárcel para el hombre que degolló a su ex pareja, Fuensanta del Pozo

CÓRDOBA, 26 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) mantiene 12 años de cárcel para José Pérez Ahmed, de 38 años, que en 2007 degolló a su ex pareja, Fuensanta del Pozo, de 34 años, desestimando así los recursos interpuestos tanto por la acusación particular como la defensa contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Córdoba.

La resolución del TSJA, a la que tuvo acceso Europa Press, rechaza el recurso interpuesto por la acusación particular para que se estimara el agravante de parentesco, que la Audiencia consideró que no podía aplicarse en este caso al no haber vivido juntos la víctima y su asesino.

Y en este sentido se ha pronunciado también el TSJA al considerar que entre la víctima y su asesino "no había vínculo matrimonial o relación estable, aunque salieran juntos con frecuencia". No obstante, tampoco se ha aceptado el recurso presentado por la defensa que consideraba que se había producido una errónea valoración de la prueba pericial, que ha supuesto la no aplicación de una atenuante por trastorno.

De este modo, el TSJA confirma la condena de 12 años por estos hechos que se remontan al 9 de octubre de 2007, cuando sobre las 11,30 horas, el encartado fue al domicilio de ella y le recriminó su comportamiento, ya que tenía una relación con un hombre de Santo Domingo que había conocido a través de Internet.

Se inició entonces una discusión y ambos comenzaron a increparse, lo que hizo que José Pérez cogiera con fuerza a la víctima. Ella se dirigió a la cocina para coger un cuchillo jamonero de 25 centímetros de hoja, que el acusado le quitó. Fuensanta corrió hacia el salón, siguiéndola él, que le pinchó en dos ocasiones con el cuchillo en la espalda.

Ya en el salón forcejearon ambos, cayendo Fuensanta al suelo, poniéndose él sobre ella y, "con ánimo de causarle la muerte, le clavó el cuchillo en el pecho hasta la empuñadura del mismo, insistiendo en el golpe". Ella, aún viva, puso resistencia impidiendo que él, a horcajadas sobre ella, le hundiera el cuchillo en su cuello, hasta que él consiguió vencer su resistencia y le dio un corte que seccionó la vena yugular, lo que le provocó la muerte.

ALEVOSÍA

El jurado consideró además que José Pérez, después de cortarle el cuello le sujetó los brazos, "impidiendo que se moviera hasta que consideró que ya había fallecido". Añade que esta conducta fue "absolutamente inesperada y sorpresiva para Fuensanta, que ni la esperaba, ni nada pudo hacer para defenderse y fue buscada por él para asegurar el resultado que se pretendía y sin riesgo para él".

Sin embargo, el tribunal popular no creyó que hubiera ensañamiento, por lo que no consideró probado que el acusado, con los pinchazos dados previamente a la muerte de Fuensanta, pretendiera causarle otros sufrimientos graves, previos e innecesarios.

Sí estimó la atenuante de confesión, ya que tras cometer los hechos él llamó a la Policía diciendo que había matado a Fuensanta, y reconoció el jurado que el procesado "se ha ofreció a reparar el daño en la medida de sus posibilidades".

Por el contrario, el jurado no creyó que él padeciera un trastorno explosivo intermitente, como señaló la defensa, aunque sí estimó que cometió los hechos "afectado por los problemas en el control de la ira, que padece a consecuencia de sus rasgos de la personalidad y que le afectan de forma leve al control de sus actos".