Actualizado 09/04/2019 13:47

¿La comunidad de propietarios está obligada a poner una rampa si lo pide un vecino con discapacidad?

El CERMI edita una guía sobre obras de accesibilidad en comunidades de propietar
CERMI

   MADRID, 9 Abr. (EUROPA PRESS) -

   El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) ha editado una guía informativa sobre obras de accesibilidad universal en comunidades de propietarios, teniendo en cuenta las últimas reformas legales acometidas en esta materia.

   En concreto, están regidas por la Ley de Límites al Dominio sobre Inmuebles para Eliminar Barreras Arquitectónicas a las Personas con Discapacidad y por la Ley de Propiedad Horizontal.

   "Este último texto legal ha sido modificado este año, recogiendo importantes avances, aunque no se hayan atendido por el momento todas las demandas de las personas con discapacidad y de las personas mayores", señala esta organización en un comunicado.

   Según la legislación vigente, tienen derecho a solicitar actuaciones de accesibilidad como instalación de ascensores, rampas y diferentes dispositivos mecánicos las personas propietarias de inmuebles en los que residan, trabajen o realicen voluntariado personas con discapacidad o mayores de 70 años.

   Además, desde 2013, también puede solicitar obras de accesibilidad cualquier persona propietaria del inmueble o siempre que las obras viniesen impuestas por las administraciones públicas.

   Los gastos de estas reformas los cubrirán todos los vecinos del inmueble, siempre que el importe repercutido anualmente de las obras o actuaciones, descontadas las subvenciones o ayudas públicas, no exceda de 12 mensualidades ordinarias de gastos comunes.

   Eso sí, no eliminará el carácter obligatorio de estas obras el hecho de que el resto de sus costes, más allá de las citadas mensualidades, sea asumido por quienes sean los beneficiarios y lo hayan requerido.

   También será obligatorio realizar estas obras cuando las ayudas públicas a las que la comunidad pueda tener acceso alcancen el 75% del importe de las mismas. Además, cuando se superen las 12 mensualidades, la comunidad de propietarios someterá los ajustes a votación, y si se aprueba por mayoría, todos los propietarios estarán obligados a cumplir con su parte.

   Ante un incumplimiento, puede acudir a la Justicia tanto la persona propietaria afectada como la comunidad de vecinos que quiera denunciar el incumplimiento de uno o varios propietarios con las obligaciones establecidas.

   La guía editada por el CERMI incluye ejemplos de formularios de escritos de utilidad para personas propietarias que tengan que solicitar la realización de obras, con el fin de que sean empleadas como modelo.