Actualizado 06/05/2020 14:05

Deportistas ciegos o con discapacidad visual grave inician sus entrenamientos al aire libre

Deportistas ciegos o con discapacidad visual
Deportistas ciegos o con discapacidad visual - ONCE

MADRID, 6 May. (EUROPA PRESS) -

Deportistas ciegos o con discapacidad visual grave ya han iniciado sus entrenamientos fuera del domicilio, tras la publicación de la orden ministerial de Sanidad que establece las bases para la primera fase de la vuelta a la práctica deportiva al aire libre.

Según ha dado a conocer la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE), algunos de estos deportistas pueden realizar sus entrenamientos acompañados de sus tradicionales guías.

En virtud de la normativa publicada, todos los deportistas calificados de alto nivel o de interés nacional por el Consejo Superior de Deportes, tengan o no discapacidad, pueden entrenar en solitario y al aire libre dentro de los límites de la provincia en la que residan, y sin límite de tiempo u horario. Además podrán contar con un entrenador que debe guardar la debida distancia para evitar posibles contagios.

En el caso específico de los deportistas ciegos o con discapacidad visual grave, pueden estar acompañados por un deportista de apoyo o guía, adoptando en todo momento las adecuadas medidas de seguridad y protección que en cada caso sean necesarias.

Ante esta situación, la ONCE ha explicado que la Federación Española de Deportes para Ciegos (FEDC) ya está trabajando para facilitar a los entrenadores correspondientes la oportuna certificación de su licencia, debiendo tener en cuenta que los deportistas de alto nivel y sus guías son acreditados por el Consejo Superior de Deportes (CSD).

Resto de deportistas ciegos federados, ha apuntado que, desde la FEDC, también se tramitarán las acreditaciones del resto de deportistas ciegos o con discapacidad visual grave que se encuentran federados bajo su paraguas, dado que también pueden entrenar con un deportista de apoyo o guía que les acompañe.

Sin embargo, en estos casos, su actividad debe ceñirse a la franja horaria establecida para dicha actividad, es decir de 6.00 a 10.00 horas y de 20.00 a 23.00 horas, si bien en este caso, no pueden estar acompañados de un entrenador y no pueden salir del municipio de residencia.

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