Actualizado 28/01/2015 11:06

TJUE ve ilegal el examen de integración social de Países Bajos a inmigrantes

BRUSELAS, 28 Ene. (EUROPA PRESS) -

   El abogado general del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), Maciej Szpunar, considera ilegal el examen de integración social que impone Países Bajos a los nacionales de terceros países residentes de larga duración por considerar que vulnera el principio de proporcionalidad.

   En los Países Bajos, la obligación de integración que se impone a los extranjeros se traduce en la necesidad de aprobar un examen sobre sus conocimientos de neerlandés y sus conocimientos básicos sobre la sociedad. El incumplimiento de dicha obligación dentro del plazo previsto tiene la consideración de falta y está sancionada con una multa.

   Dos ciudadanas de nacionalidad estadounidense y neozelandesa presentaron recurso contra estos exámenes por considerar que al ser residentes de larga duración, no están sujetas a la obligación de integración. La justicia holandesa elevó el caso al Tribunal de Justicia de la UE.

   En sus conclusiones de este miércoles, el abogado general señala que "no es contrario al derecho de la Unión imponer a los residentes de larga duración una obligación de integración, siempre que ésta no constituya un requisito para mantener su estatuto".

   Según Szpunar, "un examen obligatorio de los conocimientos del idioma o de la sociedad no contribuye a conseguir el objetivo de las medidas de integración, que es facilitar la integración en la sociedad de la persona interesada". "Por lo tanto, imponer la obligación de realizar un examen de integración adultera la propia esencia de las medidas de integración, que deberían promover la socialización en vez de establecer requisitos de cualificación relacionados con la residencia en el Estado miembro", dice el fallo.

   "No cabe duda de que una persona que vive desde hace tiempo en un Estado determinado ha tejido forzosamente una red de vínculos de integración a través de la familia, el trabajo ejercido, la vida vecinal o una afición. Por lo tanto, una medida de integración que no permite realizar una apreciación individual de esas circunstancias resulta desproporcionada respecto al objetivo de facilitar la mayor integración en la vida social de la persona interesada", resalta el dictamen.

   El abogado general considera asimismo desproporcionada la sanción en forma de multa que impone el derecho neerlandés en caso de incumplimiento de la obligación de integración.

   Las opiniones del abogado general no vinculan al Tribunal de Justicia, aunque éste suele seguir sus recomendaciones en el 80% de los casos. Los jueces empiezan ahora a deliberar y la sentencia se dictará en un momento posterior.