Actualizado 20/10/2010 18:36

AMPL.- Imponen a los menores de la agresión a la menor de Isla Cristina (Huelva) hasta 5 años de internamiento cerrado

El Juzgado califica los hechos de agresión sexual, que "se realizaron con intimidación y fuerza física"


HUELVA, 20 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Huelva ha revocado la sentencia del Juzgado de Menores de Huelva y estima el recurso de apelación interpuesto contra la misma por parte del Ministerio Fiscal y la acusación particular, por lo que impone a los cinco menores imputados en el caso de la agresión sexual a la menor de Isla Cristina (Huelva), ocurrida el verano de 2009, medidas de internamiento cerrado.

Según reza la sentencia, a la que tuvo acceso a Europa Press, para dos de ellos --que en el momento de los hechos tenían 17 años-- impone una medida de internamiento de cinco años de internamiento cerrado seguido de tres años de libertad vigilada, así como para los otros tres acusados impone sendas medidas de cuatro años de internamiento en régimen cerrado, seguida de tres años de libertad vigilada.

Asimismo, en la sentencia se especifica que sobre este fallo no cabe la posibilidad de presentar recurso posterior.

Los hechos se remontan al verano de 2009 cuando estos menores supuestamente abusaron sexualmente de la menor durante la madrugada del 19 de julio en una zona de la playa, cerca del recinto ferial de esta misma localidad, coincidiendo con las fiestas del Carmen.

De este modo, en el fallo se explica que "se consumaron una pluralidad de hechos tipificados como delito de agresión sexual especial por realización de coito vaginal y bucal", a la par que deja claro que la víctima, "resulta especialmente vulnerable, por razón de su edad, enfermedad y situación".

Además, indica que la menor "no practicó voluntariamente esas felaciones, sino que cedió al miedo que le inspiraban el mayor número de chicos y la soledad del lugar, que hacía ilusoria cualquier esperanza de ayuda de terceras personas", de manera que considera que los contactos sexuales "no sólo se impusieron por intimidación sino utilizando también la fuerza física".

En esta misma línea, establece que los hechos constituyen un delito "grave", así como incide en que para la ejecución de los mismos "se emplearon la violencia física y la intimidación y además fueron cometidos en grupo".

COMPONENTE MACHISTA

La sentencia enfatiza en que la gravedad de lo sucedido, "no es ninguna chiquillada" sino que la víctima, menor y mentalmente discapacitada, "fue obligada a mantener numerosos contactos sexuales" por un grupo, donde se da además "un componente de incipiente grosero machismo" ya que los jóvenes "comparten a la menor como un objeto".

Así las cosas, se endurecen las penas para los acusados, de manera que a los dos acusados que tenían 17 años en el momento de los hechos y a los que el Juzgado de Menores impuso cuatro años de internamiento en un centro de menores, se les incrementa la pena hasta los cinco años en régimen cerrado y tres de libertad vigilada. Por su parte, a los otros tres acusados, condenados a dos años de internamiento en un centro, se les impone cuatro años de internamiento en régimen cerrado, seguida de tres años de libertad vigilada.

Por su parte, en declaraciones a Europa Press, la letrada de la acusación particular, Bárbara Royo, ha mostrado su satisfacción por una sentencia, que ha tildado de "dura" pero "ajustada a derecho", a la par que ha indicado que "tenía que haber sido así ya en el Juzgado".