Actualizado 14/06/2013 17:50

Condenado a 23 años de cárcel por matar a un joven que entró en su finca para robarle plantas de marihuana


SANTANDER, 14 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia de Cantabria ha condenado a 23 años y tres meses de cárcel a Sergio Joaquín Pérez como autor de la muerte de un joven que el 13 de septiembre de 2011 entró en su finca, situada en Cartes, junto con otros dos amigos, para robarle plantas de marihuana, y al que disparó con una escopeta.

El tribunal le condena por un delito consumado de asesinato, y otro de asesinato en grado de tentativa, ya que también hirió a uno de los acompañantes de la víctima, así como por tenencia ilícita de armas. Asimismo, le condena a indemnizar a la madre del fallecido con algo más de 115.000 euros y al herido con 8.600 euros por los días que tardó en curar de las lesiones y las secuelas que le ha dejado el disparo.

La Audiencia le aplica la atenuante de reparación del daño, ya que con anterioridad al juicio, celebrado el 14 y 15 de mayo pasados, consignó 30.000 euros para indemnizar a sus víctimas, pero ve "alevosía" en los hechos, descarta la tesis de la defensa de homicidio y lesiones, ambos imprudentes, y rechaza las atenuantes de legítima defensa, confesión y arrebato y estado pasional, así como la eximente de obrar por miedo insuperable invocadas por la defensa.

El tribunal considera acreditado que el acusado, en prisión provisional comunicada y sin fianza desde el 16 de septiembre de 2011, "disparó a matar" y que no actuó en defensa de la propiedad sino "en venganza o castigo, pues estaba harto de que le entraran a robar la marihuana". En el juicio el procesado declaró que no tenía intención de matar a nadie y que sólo les quería asustar, que no había luz y que le amenazaron.

En la sentencia, la Audiencia señala que el acusado efectuó los dos disparos "con precisión y dominio absoluto de la situación, sabiendo lo que hacía y quería", oculto en el interior de una caseta adosada a la nave donde tenía las plantas de marihuana, en un escenario que el tribunal califica "prácticamente de caza o tiro al blanco", una especie de "tronera" desde la que disparó a la primera de sus víctimas de frente, y a la segunda cuando estaba huyendo y por la espalda, todo ello en un intervalo de dos segundos.

El primero de ellos falleció poco después en el hospital de Sierrallana por shock hipovolémico. Tras efectuar los dos disparos, tal y como relata la sentencia, el acusado salió de la nave "tranquilamente", escondió la escopeta entre matorrales y se marchó a su casa, "lo que revela una frialdad y control de sus actos incompatibles con haber actuado con un miedo insuperable".

La sentencia añade que el acusado tenía en su poder munición menos lesiva (cartuchos con sal) de la que utilizó para cargar la escopeta, no amenazó verbalmente, y su vida no corría peligro puesto que cuando disparó a los intrusos, éstos solo estaban "merodeando" y no intentaron siquiera entrar en la nave.

Además, cuando fue detenido no reconoció los hechos ni hizo manifestación alguna al respecto, y "sólo" tras el registro de su finca, mostró voluntariamente el lugar donde había ocultado el arma.