Actualizado 26/01/2010 17:54

Imponen 166 días de convivencia con un grupo educativo a un menor que amenazó y agredió a su padre

SANTANDER, 26 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de Menores Número 1 de Santander ha impuesto 166 días de convivencia con un grupo educativo y un año de libertad vigilada a un menor que amenazó a su padre con un cuchillo y un bate de béisbol, y le agredió propinándole patadas y arrojándole un taco de madera.

La magistrada considera probado que el menor, de 17 años y natural de San Felices de Buelna, mantuvo durante los primeros meses de 2009 una actitud de enfrentamiento hacia su padre, con quien convive, así como continuas agresiones, insultos y amenazas.

Concretamente, el 26 de junio ambos iniciaron una discusión en su domicilio en el transcurso de la cual el menor esgrimió un cuchillo contra su padre.

De nuevo, el 1 de julio, sobre las 13.15 horas, tuvieron un enfrentamiento verbal al reprochar el hombre a su hijo el "excesivo" gasto del teléfono móvil. A continuación, el menor le lanzó dos patadas, le mostró un bate de béisbol y posteriormente le arrojó un taco de madera. El padre sufrió contusiones que precisaron asistencia médica.

El menor se encuentra cumpliendo medida cautelar de convivencia en grupo educativo.

La magistrada considera que los hechos constituyen un delito de violencia doméstica en concurso con un delito de amenazas y un delito de violencia doméstica de los que es autor el menor, puesto que tanto él como su abogado se "conformaron" con los hechos, la causa y la medida solicitada por el Ministerio Fiscal. Por este motivo, continúa, procede dictar sentencia de conformidad.

Así, continúa, por conformidad de las partes, se acuerda la medida de convivencia con grupo educativo por un tiempo de 166 días, seguida de la medida de libertad vigilada con obligación de realizar tareas socioeducativas durante un año, por entender dichas medidas "necesarias para el menor desde el punto de vista educativo" a la vista del informe elaborado por el equipo técnico, que pone de relieve las circunstancias familiares, personales, sociales y educativas del chico, "que hacen que el mismo se encuentre en situación de riesgo social".

De este modo, la medida de convivencia con grupo educativo se le impone para establecer "un medio de control externo de sus actividades por profesionales especializados", con el fin de promover que el menor adquiera las habilidades y capacidades necesarias para "su correcto desenvolvimiento en la sociedad". Así, el menor deberá realizar tareas socioeducativas encaminadas a su formación e inserción sociolaboral.