Actualizado 28/05/2014 18:40

El TS confirma los 12 años de cárcel para una pareja de Gambia por la ablación de sus hijas

El fiscal pide 14 años de cárcel para dos padres por la ablación de sus hijas
EUROPA PRESS


BARCELONA, 28 May. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado las penas de 12 años de cárcel para un matrimonio natural de Gambia y residente en Vilanova i la Gertrú (Barcelona) por haber practicado o permitir la extirpación del clítoris de sus dos hijas menores de edad por motivos culturales.

En una sentencia recogida por Europa Press, el Supremo ha rechazado el recurso que Binta S. y Sekou T. --que viven en España desde hace más de 20 años-- habían interpuesto contra el fallo de la Audiencia de Barcelona que los condenó por dos delitos de mutilación genital femenina al concluir que "la ablación del clítoris no es cultura, es mutilación y discriminación femenina".

La defensa de los condenados recurrió alegando, entre otros motivos, que no se podía concretar el momento en que se cometió la ablación y por tanto esto desvanece la atribución de participación de los padres.

Sin embargo, el Supremo reitera que, aunque no pueda concretarse el momento exacto, la ablación se practicó "si no por acción directa de los padres, cuando menos con su pleno conocimiento y autorización" entre julio de 2010 y enero de 2011, y en España.

La Audiencia había considerado también que el respeto a las costumbres y tradiciones de otras culturas "tiene un límite allí donde se produzcan comportamientos aberrantes e inaceptables para nuestro entorno cultural".

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