Actualizado 07/04/2010 19:12

La Audiencia de Barcelona falló en el sentido opuesto en otro caso de 2008

BARCELONA, 7 Abr. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia de Barcelona falló en 2008 que una agresión a una profesora no puede considerarse delito de atentado, ya que los educadores ejercen "una actividad estrictamente docente y nada tenía que ver con el orden público".

Este miércoles el Juzgado Penal número 23 ha condenado a dos años de cárcel a una madre precisamente por este delito, tras pegar en 2008 a la profesora de ciencias sociales de su hija, de 13 años, a la salida del instituto I.E.S. Roger de Flor de Barcelona. Las partes han llegado a una conformidad, por lo que lo más probable es que el caso no llegue a la Audiencia.

La mujer ha sido condenada por un delito de atentado en concurso ideal con un delito de lesiones y de una falta de amenazas. Su abogado, Ricard Esteban, explicó hoy que su clienta quiso llegar a una conformidad, aunque él considera que "debería haber luchado", ya que según el letrado, el delito de atentado solo tiene lugar cuando la víctima es una autoridad y "no en el caso de que se trate de un funcionario público".

La sentencia de la Audiencia, de mayo de 2008, se refiere a un caso de 2005 en el que el Juzgado de Menores número 1 condenó a una menor a seis meses de libertad vigilada por un delito de atentado y uno de lesiones por imprudencia grave.

La joven, que tenía prohibida la entrada en clase por haber insultado a la profesora, propinó una fuerte patada a la puerta que, al cerrarse, seccionó una falange a la profesora, que estuvo un año de baja por sentirse "incapaz de afrontar su reincorporación" después de los hechos.

La defensa recurrió la sentencia y la Audiencia admitió el recurso, absolviendo a la menor del delito de atentado, pero no del de lesiones. Consideró que, aunque desde el punto de vista formal concurrían todos los requisitos, "la relación entre profesores y alumnos en un centro docente poco tiene que ver con el orden público".

Además, argumentó que, en caso de que estas agresiones se consideraran atentado, se produciría una situación de desigualdad entre los docentes que ostentan la cualidad de funcionario público y los que no.

Por otra parte, en este caso, cualquier alumno de un instituto público mayor de 14 años estaría cometiendo un delito de desobediencia cuando no cumpliera las órdenes que de su profesor y las decisiones tomadas por los profesores podrían ser susceptibles de calificarse como un delito de prevaricación.