Actualizado 18/07/2007 20:46

La defensa del joven condenado por matar a su mujer de un disparo en la cabeza en Sevilla recurrirá al Supremo

SEVILLA, 18 Jul. (EUROPA PRESS) -

La defensa del joven de condenado a 20 años y seis meses de prisión por matar de un tiro en la cabeza a su mujer en la barriada sevillana de Los Pajaritos ha anunciado que recurrirá la sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla ante el Tribunal Supremo, al considerar que no está acreditado la intencionalidad de matar ni los malos tratos.

En declaraciones a Europa Press la letrada de la defensa, Encarnación Vázquez, indicó que la sentencia de la Sección Cuarta no es contundente en este sentido, ya que señaló que "cuando habla del asesinato dice que la víctima no vivía en un clima de violencia", en referencia a que hiciera pensar que terminaría de esta forma, si bien "le condena por un delito de violencia habitual".

De esta forma, la abogada va a anunciar su recurso de casación esta misma semana y posteriormente lo formulará, basándose en la falta de prueba de estos malos tratos, ya que, tal y como señaló en el juicio sólo hay constancia de los mismo por la declaración de varios familiares.

De igual modo, sobre la intencionalidad del disparo la defensa se remitirá a los informes de balística, que tiene impugnado, ya que considera que están realizados sobre hipótesis, pues en un primer informe "no se pudo determinar la trayectoria de la bala porque no impactó ni en una pared ni en un mueble".

Así, mantendrá que en ningún momento "se dice que el disparo fortuito no pueda ocurrir", y que estos informes se basan en seis pistolas que no son con las que se cometió el crimen, "por lo que no se ha podido tener en cuenta si el revólver estaba manipulado o incluso con el gatillo defectuoso".

La sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, condena a Enrique R.G. a 16 años de prisión por un delito alevoso, al que le aplica la agravante de parentesco y la atenuante de arrepentimiento espontáneo, y a dos años por un delito de tenencia ilícita de armas; mientras que por un delito de violencia habitual le impone 21 meses, y por dos delitos de maltrato no lesivo, seis y tres meses de cárcel respectivamente. En cambio, le absuelve de un tercer delito de maltrato y de una falta de injurias.

Además, el tribunal considera que el procesado debe indemnizar con 212.832 euros al hijo de la pareja, que en el momento de los hechos contaba con 15 meses de edad, y con 9.096 euros a la madre de la víctima, si bien declara "por notoria la insolvencia" del acusado, Enrique R.G.

De esta forma, según el fallo, argumentado con 63 folios, los hechos tuvieron lugar el 2 de diciembre de 2005 cuando en el domicilio de la pareja, situado en la calle Mirlo, el procesado "cogió un revólver" que tenía en su poder sin licencia --que no ha sido recuperado-- y se situó "de pie con él frente a Susana V., que permanecía sentada en una butaca y con ánimo de acabar con su vida le disparó una vez a la cabeza, a una distancia superior a 60 centímetro y no mayor de 1,5 metros".