Actualizado 18/04/2013 13:32

El juez que llevó ante Europa la ley hipotecaria española defiende el decreto andaluz y la dación en pago retroactiva

Recuerda que "países poco sospechosos de radicalidad como Alemania" tienen mecanismos para perdonar parte de la deuda al deudor


MADRID, 18 Abr. (EUROPA PRESS) -

José María Fernández Seijo, titular del juzgado mercantil número 3 de Barcelona y el juez que llevó ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea la ley hipotecaria española, ha defendido este miércoles el decreto andaluz que permite la expropiación de viviendas a la banca en determinados casos de desahucio y la dación en pago con carácter retroactivo como soluciones para atajar este problema.

Así lo ha puesto de manifiesto en una entrevista en Gestiona Radio, recogida por Europa Press, en la que ha explicado que la medida adoptada por el Ejecutivo andaluz no es tan sorprendente, teniendo en cuenta que "países poco sospechosos de radicalidad como Alemania permiten que tras cinco años de insolvencia, un particular vea perdonado hasta un 50% de su deuda".

"Hay países donde el Estado perdona una parte de la deuda al deudor sin que ello genere más tensiones", ha señalado, para añadir, en este sentido, que la iniciativa de Andalucía es interesante. Asimismo, ha recordado que "tanto en materia de tutela de consumidores como de vivienda, las comunidades autónomas tienen atribuidas desde hace años las competencias en la materia".

En cuanto al proyecto de ley de protección de los deudores hipotecarios, de reestructuración de las deudas hipotecarias y de alquiler social que aprueba hoy el Congreso, Fernández Seijo ha reconocido que tiene elementos muy positivos de cara al futuro pero que deja un importante "vacío legal", como el hecho de que "no da solución a los cientos de miles de familias que ya han sido desahuciadas".

En este sentido, ha defendido que no debería descartarse el carácter retroactivo de la dación en pago. Así, ha recordado que "en otras normas, como en el caso de la reforma laboral, se ha aplicado el carácter retroactivo y no ha generado ninguna duda constitucional ni legal sobre este efecto".

No obstante, ha puesto de manifiesto que la aplicación directa del derecho comunitario tras la sentencia dictada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea va a permitir que se puedan habilitar sistemas para reducir la deuda en ejecuciones hipotecarias anteriores a la aprobación de la nueva ley.