Actualizado 02/04/2008 22:14

El TSJA ve discriminación religiosa en el despido de un profesor de Educación Física en Granada y lo declara nulo

GRANADA, 2 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha declarado nulo el despido de un profesor de Educación Física de la Escuela Universitaria de Formación del Profesorado 'La Inmaculada Concepción', que es una Escuela Diocesana de Magisterio adscrita a la Universidad de Granada, porque considera que se produjo una discriminación religiosa puesto que la motivación del despido es que el profesor "no se ajustaba al perfil ideológico".

Según el fallo de la Sala de lo Social del TSJA con sede en Granada, al que tuvo acceso hoy Europa Press, la Escuela tendrá también que abonar los salarios dejados de percibir. De este modo el Alto Tribunal andaluz revoca la sentencia dictada en su día por el Juzgado de lo Social número 6 de Granada que no vio discriminación religiosa en el despido, que declaró improcedente, lo que motivó el recurso del demandante, el profesor Josué González.

La Sala considera que existen señales o acciones que manifiestan de forma "inequívoca" que el despido del actor se ha producido de "manera discriminatoria por motivos ideológicos o religiosos". Ello porque resalta el fallo que la Junta Directiva no recibió "ninguna queja" ni tenía "nada personal contra él", ya que incluso fue propuesto para completar su horario docente hasta alcanzar la jornada completa para 2007/2008.

Sin embargo, pese a que contaba con contrato temporal hasta el 30 de septiembre de 2007, en julio se le preavisó de la no renovación no porque no reuniera el perfil profesional, de hecho estaban "muy contentos" con él y se ofrecieron incluso a darle una carta de recomendación, sino porque "no reunía el perfil que se estaba buscando", según le manifestó la administradora.

Ella le dijo que el perfil era "el de toda la vida" en la Escuela, el que dice el Reglamento porque es una Escuela de la Iglesia Católica que forma maestros cristianos, descansando "el perfil sobre dos pilares: el profesional y el de identidad religiosa". El problema, según le explicaron al profesor, no era con los contratos indefinidos sino con los temporales.

La Escuela decidió hacer fijo a otro profesor que "tenía menos jornada, carga docente y antigüedad que el demandante porque tenía la Declaración Eclesiástica de Idoneidad (DEI), había estado de voluntario en Bolivia, se había implicado más en el centro, tenía el módulo superior de Gestión Informática y había sido catequista". Todo ello le hacía "más idóneo" para el puesto, según la Escuela.

Pero no sólo no se hizo titular a Josué González sino que se contrató a otro trabajador para el mismo área de Educación Física a tiempo parcial, lo que evidencia, según la resolución, que "desde el primer momento y hasta el último la decisión de no renovación del actor y en definitiva despedirle y que no volviera a trabajar en dicha Escuela tuvo como motivación no ajustarse al perfil ideológico fundamentalmente religioso de la Escuela demandante".

A esta conclusión llega el TSJA puesto que "existiendo necesidades de carga docente de dos profesores de Educación Física y Deportiva a tiempo parcial y desde mayo de 2007 uno de ellos a tiempo completo, no se le renovó y se hizo fijo a otro aspirante al considerarlo más idóneo, y se contrató a un tercero para paliar el cese del demandante".

Se advierte en el fallo, con fecha 26 de marzo, a la parte condenada que tanto si recurre ella como el actor deberá readmitir a la parte demandante en su puesto de trabajo, con abono de la misma retribución que viniere percibiendo con anterioridad al despido, salvo que prefiera realizar tal abono sin contraprestación alguna, según consta en la sentencia, contra la que cabe interponer recurso de casación.