Publicado 26/04/2015 12:59

¿Por qué prohibir que personas con ciertos antecedentes hagan voluntariado?

El PP dice que está dispuesto a escuchar propuestas, aunque avanza que comparte el "espíritu" del proyecto en este asunto

MADRID, 26 Abr. (EUROPA PRESS) -

El proyecto de Ley del Voluntariado que acaba de iniciar su trámite parlamentario contempla que las personas con antecedentes penales no cancelados por determinados delitos no podrán involucrarse como voluntarios en programas cuyos destinatarios sean o puedan ser víctimas de los mismos tipos delictivos, una previsión que el Gobierno ha incorporado por "razonable" y que sin embargo, no ha gustado en el Tercer Sector. Piden a los grupos parlamentarios que lo eliminen.

Las razones las explica la Directora de la Plataforma del Voluntariado de España, Mar Amate, basándose en tres premisas: el derecho constitucional a la reinserción de los penados, el papel que se asigna implícitamente a las ONG como responsables de indagar los antecedentes y la existencia de entidades donde son precisamente personas con un pasado delictivo las que ayudan a otras a evitar la comisión del mismo error.

"Las ONG nos definimos en el papel de la promoción de la participación social, no como agentes que tienen que controlar cual es la situación de cada una de las personas que vienen a colaborar o a echar una mano. Si una persona tiene o no tiene antecedentes es una cuestión que tendrán que vigilar otros agentes pero no las asociaciones de la sociedad civil que lo que están intentando es contribuir a hacer una sociedad más inclusiva", explica en declaraciones a Europa Press.

Amate incide además en que muchas de las acciones que desarrolla el tercer sector van dirigidas "a determinados colectivos que se incorporan al voluntariado y que han delinquido en algún momento y que en su proceso de reincorporación a la sociedad ven en el voluntariado una vía para compartir su experiencia y mejorar la vida de otras personas".

En este sentido, pone como ejemplo a "ex toxicómanos, que en muchos casos tienen delitos y se incorporan a as asociaciones como voluntarios que comparten su experiencia" y a personas condenadas por delitos graves relacionados con la seguridad víal que dedican después sus vidas a la concienciación sobre asuntos como el alcohol al volante.

Ninguno de estos delitos figuran en las excepciones que impone la ley del voluntariado, que se refiere en particular a violencia doméstica y de género, terrorismo y tráfico de seres humanos. Sin embargo, establece que "en otros supuestos" serán las propias ONG quienes en su proceso de selección velen por que los antecedentes del candidato a voluntario no afecten "negativamente" o impidan la consecución de los fines de su proyecto.

Para Amate, esta previsión, que pide suprimir, "abre la puerta a que todos los delitos recaigan bajo el control de las entidades". "No es sólo que se limite el voluntariado en una serie de delitos que la Unión Euoropea dice que tiene que ser así, como en el abuso de menores, es que se ha ido ampliando y ampliando abriendo la puerta al final a todos los delitos", comenta.

¿ES NECESARIO?

La organización argumenta además que es innecesario adoptar esta cautela. "Nosotros ya desarrollamos una serie de protocolos de prevención, cuidado y vigilancia para evitar problemas. Por ejemplo, hay muchas organizaciones que trabajan con infancia y sin llegar a pedir los antecedentes penales de las personas ya desarrollan una serie de medidas para prevenir que no se produzca un abuso", señala.

Sin embargo, en el Ministerio de Sanidad sí ven importante que se fijen estas restricciones y por eso, frente a la redacción inicial del texto que sólo cerraba la puerta a los condenados por delitos relacionados con el abuso de menores y la violencia doméstica y de género, incorporó en segunda vuelta a los tratantes de personas y a los terroristas, dejando el resto de los casos en manos de las propias ONG que deberán recabar una declaración responsable de antecedentes penales.

Consideran que es "razonable" tener especial cuidado cuando los destinatarios de la actividad de voluntariado han sufrido o son potenciales víctimas de determinados delitos a la hora de elegir a la persona que va acompañarles. Defienden que la restricción para el condenado es parcial, puesto que sólo se le impide participar en determinados programas y con determinados beneficiarios: un condenado por agresión sexual puede hacer voluntariado reforestando un bosque, por ejemplo.

La Plataforma, por su parte, insiste en que "el hecho de que una persona haya delinquido en el pasado no la inhabilita para hacer voluntariado una vez esté rehabilitada". "Es como decir que una persona en un momento determinado ha cometido un error y ha hecho algo ya no puede nunca más ser una persona normal, entendiendo la normalidad como participación en el voluntariado", añade Mar Amat.

¿CONCULCA EL PRINCIPIO DE REINSERCIÓN DEL PENADO?

Sobre este asunto, el experto en Derecho Constitucional y profesor Titular de la Universidad de Salamanca Rafael de Agapito Serrano, aclara que en este caso, no se estarían conculcando derechos fundamentales del candidato a voluntario y sostiene que al legislador le basta con alegar la necesidad de "calibrar la posible incidencia negativa o riesgos que pueda implicar esto" en circunstancias y delitos concretos sobre determinadas personas por cuya protección debe velar.

"Sin embargo, creo que esto puede tener un límite temporal, que tendría que poder revisarse, porque ese tipo de delitos o actos no pueden tener consecuencias así sin límite alguno y si hay reinserción, podría suprimirse esta limitación (...) de modo que en algún momento se revise y si se decide que en ese caso ya no hay peligro, pueda participar", señala a Europa Press.

El experto apunta que en este, como en otros casos, "hay varios principios en juego, la posibilidad de reinserción y también la protección y la seguridad de las personas y no ponerlas en riesgo innecesariamente". "Eso ocurre constantemente, en ese tipo de colisión entre principios el legislador debe medir qué es lo oportuno y siempre y cuando no sea una reducción de derechos a cero, lo puede hacer. La reinserción social no es un cheque en blanco", apunta.

¿SE ENMENDARÁ?

La Plataforma ha presentado a los grupos parlamentarios su propuesta de modificación en forma de enmienda con la esperanza de que se hagan eco de la misma durante la tramitación de la ley. La semana que viene tendrán un encuentro con el Grupo Parlamentario Popular, que aún está por nombrar a la persona que se encargará de la ponencia de esta norma y llevará la portavocía al respecto en la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales del Congreso, donde ha recaído la tramitación.

La portavoz del Grupo Popular en esta comisión, Macarena Montesinos de Miguel, explica en declaraciones a Europa Press que si bien la formación está "abierta al diálogo" con las organizaciones y escuchará y estudiará cuanto quieran proponer, en este punto están de acuerdo con el "espíritu" del proyecto de ley y consideran "acertadísimo" que se ampliasen los tipos delictivos causa de inhabilitación para determinadas actividades de voluntariado.

"Es lógico y natural que se haya ampliado a algún supuesto más como tráfico ilegal de personas o terrorismo, es lógico y natural porque si es algo que se persigue, no se entendería que alguien estuviese ejerciendo esa labor de voluntario con las víctimas o víctimas potenciales de esos delitos teniendo ese antecedente. El espíritu del voluntariado se traicionaría si se incurriese en eso", ha explicado.

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