Actualizado 28/05/2013 17:18

Defensor del Pueblo recomienda evitar indultos a agentes de la autoridad condenados por malos tratos

Soledad Becerril
EUROPA PRESS

Aconseja extremar la vigilancia en el aislamiento provisional de los menores


MADRID, 28 May. (EUROPA PRESS) -

La Defensora del Pueblo, Soledad Becerril, cree que se deberían evitar la concesión de indultos a agentes de la autoridad condenados por malos tratos, según se desprende de las conclusiones del informe de 2012 de la Institución, en su condición de Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes (MNP), que ha presentado este martes en el Congreso de los Diputados.

El objetivo del MNP es prevenir situaciones que puedan derivar en malos tratos o tortura y su actividad no está directamente relacionada con situaciones personales, sino con la necesidad de mantener el conjunto del sistema de privación de libertad adecuadamente monitorizado. Desde su puesta en marcha en 2010 se han realizado 363 visitas a lugares donde existía privación de libertad. Becerril ha presentado los informes desde el 2010 a 2012.

Así, la institución explica que el indulto es una medida de gracia que puede tener la finalidad de corregir una injusticia provocada por la aplicación estricta de la ley, pero sostiene que éste debería evitarse la concesión de indultos a agentes de la autoridad que hayan sido condenados por delitos que suponen un maltrato a personas privadas de libertad.

A su juicio, la ejecución de una sentencia en todos sus términos conlleva un poder disuasorio para la comisión de actos similares en un futuro. Según apunta, "lógicamente" ese efecto desaparece con la concesión del indulto, dando lugar a que se conciban ciertas expectativas de impunidad, repercutiendo, además, negativamente en la encomiable actuación de la práctica totalidad de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en la eficiencia del ejercicio de la función jurisdiccional y en la actividad preventiva del MNP.

AISLAMIENTO DE MENORES

En cuanto al aislamiento provisional de los menores infractores en centros y a la sujeción mecánica como medios de contención ante una situación de violencia o agresividad, la Defensoría pide que se extremen las medidas de vigilancia y control del aislado, con examen médico y acompañar al menor, preferiblemente por personal sanitario.

"Es muy importante procurar que no esté el menor muy alejado de la familia, para poder apoyarse en ellos. Por eso las comunidades autónomas deben disponer de estos centros para no tener que alejar a los menores. Además, la incomunicación de los menores no es buena", ha señalado Becerril durante su intervención.

Igualmente, cree que los registros personales con desnudo integral siempre se han de realizar en presencia de un educador o un coordinador, para prevenir potenciales abusos de poder o situaciones de conflicto, así como con la intervención de personal sanitario si en ellos se lleva a cabo una exploración de cavidades (boca y zona rectal).

IDENTIFICACIÓN DE AGENTES

Entre las conclusiones generales, la Defensora ha recordado la importancia de que los agentes policiales estén siempre debidamente identificados y de que los partes de lesiones se cumplimenten de manera rigurosa.

Así, agrega que, en muchas dependencias se observó que los agentes no estaban convenientemente identificados y pone de ejemplo la Ertzaintza, que ha aceptado la recomendación formulada por esta institución para que se estableciese la obligatoriedad de que sus agentes estén identificados.

Además, propone el diseño de una aplicación informática que permita recopilar datos actualizados de casos que puedan suponer una extralimitación o vulneración de los derechos de las personas privadas de libertad.

"No han sido sin embargo aceptadas las recomendaciones formuladas a distintos Cuerpos Policiales para que la grafía que aparece en las placas de identificación sea perfectamente visible desde la denominada 'distancia de respeto'", recoge el informe.

El Defensor del Pueblo sigue observando en su informe el incumplimiento de criterios como que los agentes vayan desarmados a las zonas de custodia, al mismo tiempo que cree que algunas instalaciones tienen deficiencias que impiden garantizar la integridad física de los detenidos, como barrotes horizontales en las puertas de las celdas, chapas metálicas o cerrojos sin protección, que pueden ser utilizados por los detenidos para intentar autolesionarse.

PRIVACIÓN DE LIBERTAD DE CORTA DURACIÓN

Además, este informe refleja que en la mayoría de dependencias, los sistemas de videovigilancia no cumplen los criterios manifestados por el Defensor del Pueblo en informes anteriores, aparte de que en numerosas dependencias no existe una presencia constante de agentes en la zona de calabozos cuando hay detenidos, o las celdas no disponen de sistemas sonoros de llamada, lo que puede suponer un riesgo en caso de darse situaciones que requieran la presencia inmediata de los agentes.

A pesar de que el acceso a un abogado en el período inmediatamente siguiente al inicio de la privación de libertad resulta "fundamental" para la prevención de la tortura y los malos tratos, la Defensoría avisa de que en la mayoría de las dependencias visitadas la solicitud de asistencia letrada se realiza en el momento en el que se va a proceder a la toma de declaración.

Con relación a la puesta a disposición judicial de las personas detenidas, recuerda que el Tribunal Constitucional ha estimado que la práctica de pasar a disposición judicial a los detenidos a primera hora de la mañana siguiente al día de finalización de las actuaciones policiales, alargando más de lo necesario la detención, vulnera el artículo 17.2 de la Constitución española.

Es más, sostiene que en algunas dependencias se pudo observar que, cuando los detenidos reciben asistencia médica, se queda en el atestado policial copia del parte de la asistencia recibida, el cual en ocasiones incluye la historia clínica de los detenidos, lo que a juicio de esta Institución no resulta correcto, al tratarse de datos de carácter personal que afectan a su intimidad personal.

MODIFICACIONES LEGALES

Por ello, en cuanto a propuestas de reformas legislativas y debido a que en algunas detenciones participan personas que no son funcionarios, como por ejemplo en los centros de menores, la Defensora ve conveniente que se modifique la tipificación del delito de tortura en el Código Penal para que sea acorde con la definición de la tortura, recogida en la Convención para la Tortura.

Igualmente, propone reformar el artículo 520 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal con el objetivo de hacer más rápida la asistencia de abogado para las personas privadas de libertad. También plantea incluir el derecho a solicitar un hábeas corpus en la lectura de derechos.

En cuanto a los CIE, Becerril cree que algunos siguen con "ocupación muy alta" y recuerda el cierre del de Málaga, a instancias del propio Defensor del Pueblo. Por ello, en este informe del MNP de 2012 insta al Gobierno a presentar ya el nuevo reglamento y que éste contemple la separación de las personas internas en función de si tienen o no antecendentes.