Actualizado 23/06/2009 15:58

Condenan a nueve meses de prisión a la madre que echó de casa a su hijo de 15 años para darle un escarmiento en Málaga

MÁLAGA, 23 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo Penal número 10 de Málaga ha condenado a nueve meses de prisión a una madre por un delito de abandono temporal de un menor, ya que en una ocasión echó de casa a su hijo de 15 años de edad y en otra no le dejó entrar en el domicilio con el fin de darle un escarmiento, alegando que es un chico "problemático".

La sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, declara probado que el día 18 del pasado mes de mayo, la mujer abandonó a su hijo en la calle "no permitiéndole entrar en el domicilio" en el que viven en la localidad malagueña de Alhaurín de la Torre, por lo que el menor tuvo que ser recogido por unos vecinos.

Además, la resolución, contra la que cabe recurso ante la Audiencia Provincial, indica que esta situación "es frecuente", al constar que el día 11 del mismo mes "también fue echado de casa para darle un escarmiento, alegando la acusada que lo hace porque es problemático".

La mujer, según la sentencia, alegó que el menor "se iba días y noches enteras de la vivienda sin dar explicaciones"; mientras que el menor dijo que se iba "ante la situación insostenible en la que vivía", aunque admitió "su conducta rebelde y de constantes discusiones con la progenitora".

La juez entiende que en este caso se da "una actuación negligente por parte de la madre, que ante los problemas de conducta del hijo menor en una ocasión le puso las maletas en la calle y poco después se negó a abrirle la puerta de entrada a la vivienda familiar, como medida de escarmiento".

"Aunque el menor se encuentre en plena adolescencia, con la dificultad que ello puede conllevar para la acusada, ello no es óbice para que pretenda echarlo de la casa dejándolo a la intemperie en la calle una noche", señala la magistrada, quien apunta que esta conducta conlleva "un riesgo para el menor".

La Fiscalía de Málaga solicitó 18 meses de prisión y la retirada de la patria potestad por cuatro años, aunque la juzgadora no estima adecuada esta medida, al considerar que los hechos se produjeron de forma "puntual para dar un escarmiento" y que sacar al menor de su entorno familiar "sería más perjudicial".

En este sentido, se indica que el joven aseguró que "está bien atendido en sus necesidades esenciales y que no quiere salir del entorno familiar" y se señala que la actitud de la progenitora en el juicio fue "en todo momento de preocupación hacia su hijo". Además, demostró que se implica en la educación y bienestar de su hijo y que tiene una situación laboral y familiar "normalizada".